Todo vehículo que puede desarrollar una velocidad de 25 km/h o más debe estar inmatriculado, tener placa de Rodaje y SOAT.
Existen empresas en el mercado que no brindan la información mínima necesaria, induciendo a error a los usuarios de las motos eléctricas.
Usuarios que incumplan las normas vigentes podrán ser objeto de sanciones y multas.
El Ministerio del Ambiente (MINAN), aprobó mediante Decreto Supremo N° 010- 2017