Para la Sunat y el Tribunal Fiscal es indispensable que las empresas presenten documentos o informes que sustenten la ejecución de servicios adquiridos para aceptar la deducción del gasto; no bastando sólo los contratos, registros contables y evidencias bancarias que acreditan los pagos realizados, precisan Pablo Sotomayor y Eduardo Pedroza, socio y asociado de Miranda & Amado, respectivamente.