Miercoles, 26 de Marzo del 2025
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Propietarios de vehículos con placas terminadas en 1 aún están a tiempo de pasar su primera revisión técnica

Publicado el 24/03/25

SUTRAN-MTC recomienda asistir a establecimientos autorizados. La relación está disponible, de manera gratuita, en el portal institucional.

 

Lima, 24 de Marzo del 2025.- La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), exhorta a los conductores y propietarios de vehículos que por primera vez pasarán la revisión técnica, y cuyas placas de rodaje terminen en 1, a programar con tiempo esta actividad y optar por Centros de Inspección Técnica Vehicular (CITV) autorizados para evitar cualquier contratiempo.

 

De acuerdo con el cronograma vigente, durante los días que restan de marzo corresponde pasar la primera revisión técnica vehicular a las unidades con placas de rodaje terminadas en 1. En abril, será el turno de los vehículos con placas terminadas en 2; en mayo, 3; en junio, 4; en julio y agosto, 5; en septiembre, 6; en octubre, 7; en noviembre, 8; y en diciembre a aquellos cuyas placas de rodaje terminan en 9.

 

Para aprobar la primera revisión técnica, cada vehículo deberá pasar por tres fases de inspección: documental, visual y mecánica. En la primera, se revisarán la tarjeta de propiedad, SOAT y autorizaciones o permisos especiales. En la segunda, se evaluará el estado general y la conservación de tu vehículo, mientras que en la última se probarán los sistemas de frenos, suspensión y dirección, así como el estado del tubo de escape, el funcionamiento de las luces, las emisiones de gases y niveles de ruido.

 

Es importante que los conductores y propietarios de vehículos de uso particular, de carga, de transportes de personas y de mercancías cuenten con el Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente para garantizar que sus unidades se encuentran en condiciones óptimas para transitar por las vías de todo el país.

 

En el caso de los vehículos de uso particular, la revisión técnica debe realizarse a partir del cuarto año desde su fecha de fabricación. Luego de esta primera inspección, el proceso será obligatorio cada año. Para los vehículos que brindan servicios como taxis, transporte público de personas, de carga u otros, la inspección técnica vehicular inicia a partir del tercer año desde la fecha de fabricación y debe repetirse cada seis meses.

 

Consultas web gratuitas

Para ubicar los CITV autorizados más cercanos, la SUTRAN pone a disposición de la ciudadanía el siguiente enlace https://bit.ly/4gloBts , disponible en la sección Consultas de su portal oficial institucional. Allí se podrá direccionar la búsqueda por departamento, provincia y distrito.

 

Cabe recordar que la multa por manejar un vehículo que no cuente con el Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente asciende al 50 % de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir S/2675. También se suman 50 puntos en contra en el registro del conductor y, como medida preventiva, se dispone el internamiento del vehículo.

 

VIDEO: https://we.tl/t-zJQpsjfF2y



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