San Juan de Miraflores, 14 de Enero del 2025.- El Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima ha dictado una medida cautelar en contra de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) debido a las irregularidades en las demoliciones de viviendas en EL ASENTAMIENTO HUMANO LUIS FELIPE DE LAS CASAS GRIEVE II, ubicado en el distrito de San Juan de Miraflores. Esta decisión tiene como objetivo proteger a los pobladores, quienes se han visto afectados por la liberación de vías de la obra “Ampliación del servicio de movilidad urbana en la Prolongación Vía Expresa Paseo de la República, tramo Av. República de Panamá – Panamericana Sur, en los distritos de Barranco, Santiago de Surco y San Juan de Miraflores de la provincia de Lima del departamento de Lima”.
La Medida Cautelar emitida por el indicado 3er Juzgado Constitucional, ORDENA, de manera provisional, a la Municipalidad Metropolitana de Lima no utilizar la “medida correctiva” de “demolición total o parcial” como “medida provisional” conforme al artículo 16 de la Ordenanza N° 2200, modificada por la Ordenanza N° 2666, publicada el 26 de octubre de 2024 cuando se trate de viviendas ocupadas, Conforme a las consideraciones establecidas en la resolución cautelar.
Este fallo representa una victoria significativa para los pobladores del AAHH Luis Felipe de las Casas Grive II de SJM, quienes han luchado por el reconocimiento de sus derechos y por la protección de sus viviendas, durante 2 meses de vigilia en las calles.
La solicitud de la medida cautelar fue presentada por los residentes del asentamiento humano el 20 de noviembre de 2024, mencionando que defienden su condición de propietarios legítimos desde 1987, año en que adquirieron sus terrenos mediante contratos de transferencia de posesión. Los pobladores argumentan que sus viviendas fueron construidas conforme a los planos de trazado y lotización aprobados por la propia MML y COFOPRI y que el contrato de concesión firmado por Susana Villarán vario esta condición por el “Proyecto Vía Expresa Sur” iniciativa privada de Graña y Montero. Además, subrayan que según la copia literal el uso de sus terrenos es de VIVIENDA y que la zonificación de los mismos es residencial de densidad media (RDM) y no compatible con los de vía pública. Además, que la Municipalidad Metropolitana de Lima no habría evaluado la proyección de viabilidad en el tiempo, pues las presuntas conductas sancionables se remontan a más de 30 años y, por tanto, estarían en caducidad.