El Ministerio de Cultura declaró como monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al Templo San Pedro Apóstol, ubicado en el distrito de Pisac, provincia de Calca, departamento de Cusco.
El valor histórico comprende el ámbito geográfico donde se edificó este templo, en el antiguo sector agrícola asociado al Conjunto Arqueológico de Pisac, compuesto por la llaqta de Pisac y las innumerables andenerías que la conforman.
Al mismo tiempo de originarse, en el gobierno hispano se edificó este templo católico bajo la advocación de San Pedro Apóstol, cuya existencia determinó el surgimiento de un poblado integrado por un gran espacio público y solares divididos por manzanas, formando calles y/o accesos interconectados.
El valor arquitectónico de este bien patrimonial es que posee atrio, nave única alargada, baptisterio y sacristía adosados al Muro del Evangelio, capilla absidal en el Muro testero y torre campanario en el Muro de la Epístola, que en su conjunto han restituido la disposición original del Templo San Pedro Apóstol de Pisac.
El Templo San Pedro Apóstol, por su devenir histórico, forma parte de la memoria colectiva de la población de Pisac, por lo que se considera un bien representativo de su comunidad.
Resolución
Esta declaratoria de monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, se efectúa a través de la R.V N° 000184-2024-VMPCIC/MC, que lleva la firma de la viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, Carmen Vegas.
En esta resolución se establece que, para ejecutar alguna obra o intervención al bien cultural inmueble declarado, se debe considerar el mecanismo de autorización y supervisión dispuesto por el Ministerio de Cultura bajo las responsabilidades a que hubiere lugar, en caso de incumplimiento.
El expediente, para lograr que se declare al Templo San Pedro Apóstol del distrito de Pisac, como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, fue formulado por las áreas técnicas pertinentes de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco.
En esta declaratoria, se encarga a la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble iniciar los trámites para la inscripción en la partida electrónica N° P31013509 de la Oficina Registral de Cusco, la condición de monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación del inmueble declarado.
Finalmente se notifica la presente resolución al Arzobispado de Cusco, al presbítero de la Parroquia San Pedro Apóstol de Pisac, a la Municipalidad Distrital de Pisac, a la Municipalidad Provincial de Calca y al Gobierno Regional de Cusco.