Domingo, 5 de Mayo del 2024
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Congresistas amenazan el futuro de Niños, Niñas y Adolescentes

Publicado el 23/04/24

Lima, 23 de Abril del 2024.- El proyecto de ley recientemente propuesto por el Congreso de Perú amenaza con otorgar a familias la facultad de excluir a sus hijos de recibir contenidos que les brinden herramientas para su protección y libre desarrollo a través de la Educación Sexual Integral; además, vulnera la constitución, la legislación interna, y los compromisos nacionales e internacionales.

Desde crESIendo, se expresa una profunda preocupación ante el Proyecto de Ley N° 7579/2023-CR, que plantea que madres y padres de familia, por una cuestión de “convicciones, creencia y libertad de conciencia”, sean las únicas personas responsables de la educación sexual de sus hijas e hijos. Esta medida busca limitar el acceso de estudiantes a una educación sexual integral y basada en evidencia, vulnerando así derechos fundamentales como el de buscar y recibir información, el derecho a la salud, el derecho a la educación, a la no discriminación, entre otros. Asimismo, este PL niega lo planteado por el MINEDU en los Lineamientos para la ESI, donde se resalta que padres y madres cumplen un rol participativo.

SOBRE LA PROPUESTA

El mencionado documento propone que las familias puedan solicitar la exoneración a los temas de Educación sexual; sin embargo, esto va en contra de lo que se busca en la formación de niñeces y adolescencias, pues las temáticas planteadas en la ESI colaboran con el fomento del respeto a la autonomía y el cuidado de su salud, la mejora de la convivencia y la búsqueda y planificación de sus metas de vida.

Preciso resaltar además que la Educación Sexual Integral no es una cuestión de convicciones o creencias, es un derecho humano y el Estado tiene la obligación de impartir estos contenidos que se encuentran en el Currículo Nacional de Educación Básica y que se implementan de acuerdo con el nivel de desarrollo del estudiante y es, en muchos casos, la única garantía para lograr una vida libre de violencias.

RIESGOS SOCIALES

En nuestro país se reportan a diario 34 casos de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes. Cada día 4 niñas menores de 14 años se convierten en madres como consecuencia de una violación sexual y en el 62% de los casos los agresores son identificados como familiares de las víctimas. Entonces, cómo otorgarle la responsabilidad a las familias de brindar educación sexual integral, cuando son la principal fuente de agresiones sexuales.

Además, la propuesta no solo haría juez y parte a las familias en situaciones de violencia, sino que perpetuaría la desigualdad en el acceso a la información e incrementaría el riesgo de embarazos no intencionales e infecciones de transmisión sexual, especialmente entre los jóvenes más vulnerables.

VULNERACIÓN DE NORMATIVA NACIONAL E INTERNACIONAL

Desde una perspectiva jurídica nacional, esta propuesta contraviene los principios fundamentales establecidos en la Constitución peruana. La educación sexual es un componente esencial de la educación integral y su impartición debe ser neutral y profesional para asegurar el desarrollo pleno y saludable de estudiantes. Asimismo, la participación de las familias ya ha sido establecida por el Tribunal Constitucional, a través de distintas sentencias, estableciendo que esto no implica un derecho de veto (como este proyecto pretende con la Educación Sexual Integral), en particular, cuando se trata de asuntos de garantizar derechos en temas tan fundamentales como la vida, la integridad personal, la salud y el libre desarrollo.

Del mismo modo, a nivel internacional, existen normas y tratados, que tienen rango constitucional, que respaldan el derecho de niños, niñas y adolescentes a recibir una educación de calidad, inclusiva y basada en derechos humanos. Entre ellas se encuentra la Declaración Universal de Derechos Humanos, que establece el derecho a la educación sin discriminación de ningún tipo. Así también, la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, ratificada por Perú, garantiza el derecho de los niños a recibir información y educación en asuntos de salud, incluida la educación sexual integral. Para citar un ejemplo, en el caso Camila, niña violada por su padre y que quedó embarazada a causa de esa violación, el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas analizó el caso y, entre otros aspectos, dictaminó que el Estado peruano falló en garantizar la Educación Sexual Integral cuando era su derecho; y recomendó, entre otros temas, el tomar acción para que esta situación no vuelve a repetirse.

LOS COSTOS DE ESTA PROPUESTA

En cuanto al análisis del costo-beneficio de la propuesta legislativa podría tener costos indirectos significativos en términos de salud pública y bienestar social. Limitar el acceso a una educación sexual integral podría aumentar el riesgo de embarazos no intencionales, infecciones de transmisión sexual y violencia de género, lo que a largo plazo podría resultar en mayores costos para el sistema de salud y la sociedad en general.

Es esencial garantizar que todos los estudiantes tengan acceso a una educación sexual integral y basada en derechos humanos, en línea con los compromisos internacionales asumidos por el país, para así proteger su salud, bienestar y derechos fundamentales.

 



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