Lima, 13 de Marzo del 2024, (COMUNICADO DE PRENSA) – El Centro de Derechos Reproductivos e Ipas LAC, con el apoyo de otras organizaciones de la sociedad civil[1] hacen un llamado urgente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) para que se reconozca el cuidado como derecho humano, su interrelación con el derecho a la autonomía reproductiva y se establezcan obligaciones para que los Estados lo protejan y garanticen. Este llamado se hace en el marco de una solicitud de opinión consultiva realizada por el Estado argentino al tribunal interamericano sobre el contenido y el alcance del derecho al cuidado y su interrelación con otros derechos para la cual las organizaciones presentaron observaciones escritas que resaltan la necesidad de reconocer la carga desproporcionada de cuidados para las mujeres como un factor que afecta su autonomía reproductiva.
El cuidado, que se entiende como todas esas tareas necesarias para sostener la vida productiva y reproductiva, es crucial para el bienestar individual y comunitario. Aquí se incluyen desde el autocuidado y el cuidado directo de otras personas (infancias, personas mayores y personas con discapacidad) hasta el cuidado indirecto, a través de actividades cotidianas como cocinar y limpiar. Históricamente estas tareas han recaído sobre las mujeres y ello se ha visto reforzado por los estereotipos de género que presuponen roles asignados a las mujeres. Esta carga desproporcionada ha afectado continuamente el efectivo goce de sus derechos humanos.
Las estadísticas son reveladoras: en todo el mundo las mujeres dedican, en promedio, 3.2 veces más tiempo que los hombres a las tareas de cuidado. En América Latina la brecha entre hombres y mujeres es aún mayor: ellos destinan poco más del 7% de su tiempo, mientras que ellas invierten casi el 20% del día en trabajos de cuidado no remunerados ni reconocidos. La distribución desigual de los cuidados, con las mujeres asumiendo la mayor carga, perpetúa las inequidades de género en todos los ámbitos sociales y económicos; es decir, pone a las mujeres en desventaja. Eso se ve reflejado en mayores barreras para que ellas puedan acceder al mercado laboral formal, una mayor brecha salarial, menor inserción laboral y mayor informalidad en el empleo, así como mayores barreras para acceder a puestos de poder y decisión.
Como consecuencia de esa desigualdad, enfrentamos una crisis de cuidados, pues cada vez es más difícil que las mujeres se ocupen de los cuidados sin sacrificar su propio desarrollo, autonomía y bienestar.
“Cada año, ocurren 33 millones de embarazos no deseados en el mundo. Cada uno de estos embarazos, es una maternidad impuesta que afecta, entre otros derechos, el derecho a cuidar de las mujeres y personas con capacidad de gestar y el derecho de las infancias a ser cuidadas. Para garantizar el derecho al cuidado y a ser cuidado, los Estados deben garantizar la autonomía reproductiva mediante el acceso a la educación sexual integral, métodos anticonceptivos adecuados y accesibles y servicios de aborto para quienes desean interrumpir su embarazo” mencionó Fernanda Díaz de León, subdirectora de Incidencia en Ipas Latinoamérica y el Caribe.
“La Corte Interamericana tiene una oportunidad única para consagrar el derecho al cuidado como un derecho humano autónomo, destacando su íntima conexión con la autonomía reproductiva. Necesitamos ejercer el cuidado, en todas sus dimensiones, de forma libre y no coaccionada. Por eso es crucial que se reconozca y garantice, entre otros, la educación sexual integral, información sobre salud sexual y reproductiva, métodos de anticoncepción, servicios de aborto y post aborto, así como condiciones de vida digna. El cuidado es esencial para la vida, por ello este llamado es urgente” señaló Carmen Cecilia Martínez, directora asociada de Estrategias Legales para América Latina y el Caribe del Centro de Derechos Reproductivos.
Para que el derecho a cuidar sea garantizado, es necesario que los Estados proporcionen los medios para que las personas puedan decidir cuidar en condiciones de igualdad. Esto se logra a través de políticas como licencias parentales pagas, transferencias de ingresos, servicios e infraestructura adecuados, y otras políticas que busquen reconocer, redistribuir y reducir la carga desproporcionada de cuidados en mujeres.
Por ejemplo, hoy en la región solo 14 países garantizan el mínimo de semanas remuneradas para licencia de maternidad (14, según la Organización Internacional del Trabajo) y apenas seis países brindan más de 18 semanas de licencia remunerada. Mientras tanto, las licencias de paternidad más amplias apenas llegan a 20 días (México) y en algunos casos no superan los dos días (Argentina). Eso significa que ellas asumen solas la carga de cuidados del recién nacido durante casi todo el periodo de posparto, y eso puede generar serias consecuencias para el desarrollo y bienestar de las mujeres.
La solicitud de opinión consultiva ante la Corte IDH busca establecer un marco jurídico que reconozca y proteja el derecho al cuidado como parte integral de los derechos humanos, así como su interconexión con la autonomía reproductiva. En esa solicitud se enfatiza en la importancia de garantizar el acceso universal a derechos y servicios de salud reproductiva, incluido el aborto seguro y legal, como parte fundamental de este derecho.
Para que sea una realidad, los Estados deben crear políticas inclusivas que reconozcan y valoren el trabajo de cuidado no remunerado, así como sistemas de apoyo que permitan a todas las personas cuidar y cuidarse en igualdad de condiciones, considerando a quienes enfrentan mayores vulnerabilidades: mujeres con discapacidad, rurales, indígenas, campesinas y racializadas.
El derecho al cuidado emerge como un factor determinante para abordar las desigualdades de género y promover el bienestar integral de mujeres y niñas en todo el mundo. Reconocer y valorar el cuidado en todas sus formas es esencial para lograr una distribución equitativa de responsabilidades entre hombres y mujeres, y para garantizar el desarrollo pleno de las personas y las comunidades.