Lunes, 18 de Noviembre del 2024
turismo



Preguntas y Respuestas sobre los Derechos de Transmisión de la Liga 1

Publicado el 12/01/23

FPF, 12 de Enero del 2023.- Desde la Federación Peruana de Fútbol (FPF) nos referimos a los derechos de transmisión de la Liga1, edición 2023 y a los contratos celebrados entre los clubes y el Consorcio Fútbol Perú (CFP) que tienen vigencia hasta el 2025.

¿Qué va a pasar con los clubes que aún tienen contrato vigente con el Consorcio Fútbol Perú (CFP)?

Tal como se ha informado desde el inicio del proceso para la comercialización de los derechos de televisión a través de documentos oficiales y de manera pública, la FPF respetará de manera excepcional los contratos celebrados entre cuatro clubes y el CFP que tienen vigencia hasta el 2025, por haber sido firmados antes de la aprobación de los nuevos estatutos que otorgan la titularidad de los derechos de televisión a la FPF sobre las competiciones que organiza

2. Entonces, ¿estos cuatro clubes van a poder cumplir con sus contratos y transmitir sus partidos con el CFP? ¿qué pasará con dichos clubes en el 2026?

Hemos comunicado en más de una ocasión que los partidos donde los clubes “Carlos A. Manucci”, “Sport Boys”, “Universitario de Deportes” y “Deportivo Municipal”, jueguen de local en la Liga1, edición 2023, podrán ser transmitidos por el CFP hasta la edición 2025.

Para la edición 2026 del torneo local, luego del vencimiento de dichos contratos, lo que procede es que los derechos sean explotados o comercializados por la FPF como corresponde.

3. ¿La medida cautelar ha cambiado la decisión de respetar dichos acuerdos?

No. Esta es la posición que la Federación ha mantenido desde el inicio del proceso y de ninguna manera se ve afectada por la medida cautelar otorgada a favor de la FPF, quien es la titular de los derechos de televisión de la Liga1 como consta en el artículo 77 del Estatuto de la FPF. Cabe mencionar que el Estatuto vigente, fue aprobado por la Asamblea de Bases, avalado por la FIFA y CONMEBOL, y ratificado por el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS).

4. ¿Qué busca la FPF con la medida cautelar?

Aclaramos una vez más que dicha medida ordena suspender contratos o cualquier acto jurídico sobre los derechos de transmisión audiovisual de las competencias organizadas por la FPF, que hayan sido celebrados o se quieran celebrar por el CFP o algún tercero, sin autorización o acuerdo previo con la Federación. Esta medida fue iniciada por la FPF al recibir informaciones de diversas fuentes respecto a posibles nuevos acuerdos o renovaciones de contratos que el CFP pretendía realizar sin consentimiento de la FPF sobre sus derechos de transmisión.

Desde la FPF rechazamos tajantemente las malinterpretaciones que se han dado sobre la medida cautelar al publicar solo extractos del documento, fuera de contexto, con el único fin de desinformar o perjudicar el proceso.

5. ¿Es cierto que por la medida cautelar no se trasmitieron los partidos amistosos organizados por los clubes?

Desde la FPF solicitamos que se detenga esta corriente de desinformación, irresponsabilidad y poca seriedad con la que han abordado este tema algunos actores cuyas opiniones parecen obedecer a intereses particulares y solo han generado confusión, afectando a los clubes y a sus hinchas, al afirmar que supuestamente la medida cautelar impedía que los clubes transmitieran los partidos de presentación de sus planteles o que no le permite al CFP transmitir los partidos de los clubes, con los que aún tiene contrato vigente, cuando jueguen de local, lo cual es totalmente falso. Incluso la FPF comunicó públicamente y de forma previa y oportuna que la medida cautelar solo aplica para las transmisiones de las competiciones que organiza la FPF, sin autorización o previo acuerdo y que se respetará la vigencia de los contratos celebrados antes de la aprobación de los nuevos estatutos.

De esta manera, cualquier partido que no sea organizado por la FPF, como los partidos amistosos de presentación, no tienen ningún impedimento para ser transmitidos por el operador de preferencia de cada club. Así que, si estos partidos no se transmitieron, fue por decisión de los clubes, no por alguna prohibición de la FPF o del Poder Judicial.

6. ¿La medida cautelar perjudica los contratos aún vigentes entre los cuatro clubes y el CFP?

Recientemente, la FPF ha enviado un oficio a estos cuatro clubes y al CFP reiterando esta postura. Reafirmamos que la medida cautelar no aplica para los contratos celebrados entre los cuatro clubes y el Consorcio Fútbol Perú, y que tienen vigencia hasta el 2025, por haber sido firmados antes de la aprobación de los nuevos estatutos que otorgan la titularidad de los derechos de televisión a la FPF. En la misma línea, esta medida no afecta el contrato firmado con 1190 Sports que sí cuenta con el aval de la FPF, titular de los derechos de televisión.

7. En las últimas horas se ha mencionado una posible huelga de futbolistas, ¿cuál es la posición de la FPF respecto a este tema?

Desde la FPF preferimos no opinar sobre escenarios hipotéticos ya que no nos han enviado una comunicación oficial sobre una supuesta huelga. Sin embargo, nos sorprendería mucho si se persigue dicho propósito ya que esto podría impactar en la competición y, por ende, perjudicar el trabajo y la fuente de ingresos de los deportistas.

Hacemos un llamado a todas las instituciones involucradas con la Liga1 para hallar consensos y llevar a cabo el torneo local con los 19 clubes participantes, como se tiene planeado.

 



Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *