Domingo, 24 de Noviembre del 2024
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Amazonía: Bosques y Comunidades están en alto riesgo por cambios a la Ley Forestal

Publicado el 07/08/22
  • El Presidente Pedro Castillo tiene plazo hasta el 8 de Agosto para observar polémico proyecto de ley que cambia la Ley Forestal y de Fauna Silvestre.
  • Informe de la SPDA advierte 4 razones cruciales para frenar las consecuencias ambientales que conllevaría la norma aprobada por el Congreso.

Lima, 7 de Agosto del 2022.- El ecosistema de bosques y fauna de la Amazonía peruana, así como los territorios de los pueblos indígenas, están en grave riesgo por los efectos que causarán los cambios en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre.

Luego de que el Pleno del Congreso de la República aprobó un texto sustitutorio de los proyectos de ley 649/2021-CR y 894/2021-CR, que modificarían la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) envió un informe al presidente Pedro Castillo, y al expremier, Aníbal Torres, en el cual sostienen las razones claves para la observación del proyecto de ley que debilitaría la Ley Forestal y de Fauna Silvestre.

Los expertos de la SPDA advirtieron sobre el impacto negativo que tendrán dichos cambios en el patrimonio forestal y la diversidad biológica del país, si es que el presidente Castillo no observa las modificaciones en el documento enviado por el Congreso.

En el informe enviado al Ejecutivo, la SPDA se destacan cuatro razones claves para por las cuales se deberían evitar los cambios en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre:

1.-AFECTARÁ LA AGRICULTURA SOSTENIBLE
Exonerar a los predios a ser formalizados de la evaluación de capacidad de uso mayor y de la autorización de cambio de uso de suelo, impedirá realizar los análisis técnicos para asegurar la conservación de los suelos y bosques.

José Luis Capella Vargas, director del Programa de Bosques y Servicios Ecosistémicos de la SPDA, explicó que la disposición complementaria del proyecto de ley alteraría el patrimonio forestal del país.

“La disposición complementaria constituye un retroceso claro respecto de nuestro marco normativo actual sobre bosques y tierras. Le quita la posibilidad al Estado de hacer una evaluación técnica sobre el mejor uso del territorio y pone en riesgo áreas que serían formalizadas a como dé lugar”, afirmó.

2.-INVISIBILIZA LOS DERECHOS DE PUEBLOS INDÍGENAS
La Ley Forestal y de Fauna Silvestre es la única herramienta legislativa del Perú que fue sometida al proceso de consulta previa. Es decir, contó con la participaron de organizaciones que representan a los pueblos indígenas.
Sin embargo, lo aprobado por el Parlamento no contó con la participación de ninguna organización que los represente.

Para Capella, el diálogo intercultural es indispensable en este caso en que se presenta una norma compleja y que puede afectarlos.

3.- SE PROMUEVE LA DEFORESTACIÓN ILEGAL
La SPDA también publicó una opinión legal donde aclara que exonerar o eliminar el procedimiento de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor (CTCUM) por una declaración legal, tal y como lo señala el Parlamento, es un “riesgo” para la conservación de la biodiversidad biológica y el desarrollo sostenible de la Amazonía.

“La propuesta de eliminar el procedimiento de CTCUM y la autorización de cambio de uso de suelo constituye un riesgo inminente de aumento de la deforestación y degradación de los bosques Amazónicos por su conversión a actividades agropecuarias y, en consecuencia, del aumento de las emisiones de gases de efecto invernadero”, señala el informe.

4.-EXCLUYE AL MINISTERIO DE AMBIENTE
En el proyecto de ley también se excluye la participación del Ministerio de Ambiente (Minam) como autoridad responsable de gestionar el funcionamiento de los bosques de producción permanente y la zonificación forestal. En su lugar, esta función lo hará el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri).

Sin embargo, el Midagri es la entidad que promueve las actividades agrícolas y ganaderas, en su condición de ente rector de dichos subsectores. La SPDA recomienda que se tome en consideración la opinión técnica del Minam y que no quede excluido del proceso.

 



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