Lunes, 4 de Noviembre del 2024
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Pueblos indígenas en aislamiento y contacto inicial (PIACI) no tienen protección total en sus territorios

Publicado el 19/05/22

Los pueblos indígenas en aislamiento voluntario en la Amazonía peruana viven en constante peligro. Las actividades ilegales, explotación de recursos, proyectos de infraestructura sin la adecuada planificación, entre otros, ponen en riesgo sus medios de vida. Es indispensable brindar a este grupo y a los territorios que habitan de los máximos niveles de protección.

Por ello, al cumplirse 16 años de la promulgación de la Ley PIACI “para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial”, diversos expertos exhortan y exigen que se realicen mejoras a esta ley que marcó un hito para la defensa de los derechos colectivos de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario.

“Los pueblos indígenas en situación de aislamiento dependen totalmente de sus territorios para su supervivencia. Para garantizar sus derechos fundamentales, es necesario que la Ley Piaci sea interpretada a la luz de los estándares internacionales que protegen a los pueblos indígenas”, señaló el Apu Jorge Pérez, presidente de AIDESEP.

“La Ley PIACI no otorga intangibilidad total a las reservas de pueblos indígenas en aislamiento o contacto inicial. Más bien, es algo que se está buscando hace ya bastante tiempo por ser urgente y necesario para dotar a las poblaciones aisladas de los mayores niveles de protección. Esta ley no debe ser derogada sino mejorada para que los pueblos indígenas en aislamiento voluntario finalmente tengan los más altos estándares de protección. Hablamos de vidas”, sostuvo Silvana Baldovino, directora de Biodiversidad y Pueblos Indígenas de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA).

Al respecto, Melissa Sánchez, especialista legal del Programa de Biodiversidad y Pueblos Indígenas de la SPDA, afirma que, si bien la Ley PIACI determina la intangibilidad de las reservas, no descarta de que en dichas áreas protegidas se desarrollen actividades extractivas por un caso de necesidad pública, y esa “posibilidad” desvirtúa el objetivo de la norma de proteger a los pueblos indígenas.

“Consideramos necesaria la modificación del inciso c) del artículo 5 de la Ley PIACI, en el sentido de fortalecer el carácter de intangibilidad de las reservas indígenas y, de esa manera, garantizar el principio de no contacto, que garantiza el ejercicio del derecho a la libre determinación de estos pueblos”, explica la experta.

¿SABÍAS QUE…?

A la fecha, el Ministerio de Cultura calcula que los pueblos indígenas en aislamiento alcanzan a unas 7 mil personas.

Según el portal Aislados de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, el Perú cuenta con 2 reservas territoriales y 5 reservas indígenas.



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