El Gobierno amplió el Estado de Emergencia Nacional durante todo el mes de Noviembre y actualizó hasta el 14 de Noviembre las restricciones y aforos por la pandemia de la Covid-19.
En el caso de Lima Metropolitana y el Callao, ambas ciudades mantienen el nivel de alerta moderado, en el cual las restricciones son menores.
Por esta razón el toque de queda se mantendrá de 2 a.m. a 4 a.m., de lunes a domingo, hasta el próximo el 14 de noviembre. Los vehículos particulares circulan con normalidad los domingos.
VacunaFest
No obstante, quienes acudan a los vacunatorios para inmunizarse contra la covid-19 no tendrán restricciones para movilizarse en el horario mencionado (toque de queda). Lo mismo ocurrirá en caso de una atención médica urgente así como para la adquisición de medicamentos.
El Decreto Supremo 167-2021-PCM indica que en el resto del país se aplicará el mismo horario, excepto en tres provincias: Chanchamayo, Chincha y Sullana, donde el toque de queda será desde las 11 p.m. hasta las 4 a.m.
Las tres provincias elevaron su nivel de riesgo, pasando de alerta moderado a alerta alto, lo que impone mayores restricciones para sus ciudadanos. Además, en dichas ciudades ya no habrá ingreso a los estadios deportivos ni a los coliseos.
Aforos
Las tres provincias (Chanchamayo, Chincha y Sullana) tendrán a partir del lunes 1 de noviembre los siguientes porcentajes de aforo en sus distintas actividades, de acuerdo con el Decreto Supremo.
Nivel de alerta alto:
• Actividades en espacios cerrados:
-Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:40%
-Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 50%
-Restaurantes y afines en zonas internas: 50%
-Casinos y tragamonedas: 40%
-Cines y artes escénicas: 40%
-Bancos y otras entidades financieras: 60%
-Templos y lugares de culto: 40%
-Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 50%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 50%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 50%
-Eventos empresariales y profesionales: 50%
-Peluquería y Barberia: 50%
-Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%
-Coliseos: 0%
-Gimnasios: 40%
• Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias):
Artes escénicas
Enseñanza cultural
Restaurantes y afines en zonas al aire libre
Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
Baños termales al aire libre
Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
Eventos empresariales y profesionales al aire libre
Mercados itinerantes
Estadios deportivos: 0%
En tanto, en el resto de las provincias del país, incluyendo Lima y Callao, los aforos se mantienen como sigue a continuación:
Nivel de alerta moderado:
• Actividades en espacios cerrados:
-Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 50%
-Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60%
-Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 60%
-Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 100%
-Casinos y tragamonedas: 50%
-Cines y artes escénicas: 50%
-Bancos y otras entidades financieras: 60%
-Templos y lugares de culto: 50%
-Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 60%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 60%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 60%
-Eventos empresariales y profesionales: 60%
-Peluquería y Barberia: 60%
-Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 60%
-Coliseos (vacunados con 2 dosis):20%
-Gimnasios: 50%
• Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias):
Artes escénicas
Enseñanza cultural
Restaurantes y afines en zonas al aire libre
Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
Baños termales al aire libre.
Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
Eventos empresariales y profesionales al aire libre
Mercados itinerantes
Estadios deportivos (vacunados con 2 dosis): 20%
Estado de Emergencia
La norma también decreta ampliar el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de 30 días calendario, a partir del lunes 1 de noviembre de 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la covid-19.
Se recuerda que, durante ese periodo, queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.
El personal de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas velará por el irrestricto cumplimiento de las disposiciones emitidas en el marco del Estado de Emergencia Nacional, conforme a la normativa vigente, agrega el decreto.
15 de Noviembre
La norma también dispone que a partir del 15 de noviembre los trabajadores del sector salud tengan la vacunación completa contra la covid-19 para cumplir sus labores de manera presencial en su centro de trabajo.
El mismo día entra en vigencia la disposición para que los pasajeros del transporte interprovincial terrestre, mayores de 45 años, aborden los buses solo si acreditan su dosis completa de vacunación contra la covid-19.