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Ley Nacional del Cáncer: 96 Peruanos fallecen al día a causa del Cáncer

Publicado el 10/11/21

• Durante el año 2020, en nuestro país fallecieron 96 personas al día a causa del cáncer.
• 75% de los casos diagnosticados en Perú se encuentran en etapa avanzada.

El Cáncer constituye un problema de salud pública en el Perú y en el mundo por su alta mortalidad, así como por la discapacidad que produce. El aumento creciente de las tasas de incidencia y las tasas de mortalidad asociadas a neoplasias generan aumento de los costos a los sistemas de salud por utilización de servicios. La carga de enfermedad por cáncer se debe principalmente a la utilización de los servicios terapéuticos como la quimioterapia, radioterapia y cirugía, procedimientos que conllevan costos elevados y la necesidad de infraestructura adecuada, con recursos humanos capacitados.

“En el Perú el cáncer es un problema de salud pública, que registró durante el 2020 69, 849 nuevos casos detectados y fallecen 34, 976; es decir, 96 peruanos al dia. En los últimos años la incidencia y mortalidad de esta enfermedad ha ido en aumento debido a falta de políticas de salud, enfocadas en la prevención y en la falta de cultura preventiva de la ciudadanía, sumándole a esto la fuerte pandemia que golpeó duramente nuestro sistema de salud, evidenciando aún más esta problemática”, afirmó Adolfo Dammert.

Pero es importante resaltar que en este año se promulgó la Ley Nacional Contra el Cáncer N° 31336, que garantiza la cobertura universal, gratuita y prioritaria de los servicios de salud para todos los pacientes oncológicos del país. El propósito es dar una atención integral oncológica, considerando como ejes vitales, la promoción de la salud, la prevención, el diagnóstico oportuno, el tratamiento, la rehabilitación, los cuidados paliativos e investigación del cáncer, entre otros aspectos.

Se establece que el Estado, a través de las entidades del sector salud de los tres niveles de gobierno (gobierno nacional, gobiernos regionales y locales), incentivarán y promoverán medidas concretas que fomenten la promoción de la salud, la prevención primaria del cáncer y el control de cáncer a nivel nacional, los cuales tendrán que realizarse de manera igualitaria e inclusiva.

Se dispone además, con el objetivo de brindar un diagnóstico adecuado, atención oportuna y seguimiento de los pacientes con cáncer a nivel nacional, la implementación de una red oncológica. Así mismo como disposiciones complementarias, se declara de necesidad pública y preferente interés nacional, la organización y ejecución de acciones para la prevención, promoción, control y vigilancia del cáncer de mama y de cuello uterino a nivel nacional, investigación, telemedicina para combatir el cáncer y creación del banco nacional de tumores.

“En conclusión la ley establece la responsabilidad del Estado en formular, implementar y evaluar la política nacional de lucha contra el cáncer, donde se establezcan los indicadores y estándares mínimos de una atención integral oncológica que permita medir la oportunidad del diagnóstico y del inicio del tratamiento, así como vigilar y exigir su cumplimiento. Es decir, la ley nacional del cáncer es crucial para mejorar el acceso y cobertura integral para las personas en el actual contexto de la pandemia”, resaltó Adolfo Dammert.

SOBRE LA REGLAMENTACION DE LA LEY 31336

“Consideramos necesario y prioritario la pronta elaboración, aprobación y publicación del reglamento de la Ley Nacional del Cáncer, para contar con un instrumento específico que garantice los derechos de las personas que luchan día a día contra esta enfermedad. Asimismo, y con la misma urgencia, debemos contar con una política nacional contra el cáncer, con indicadores y estándares mínimos que puedan ser materia de vigilancia.
La actual pandemia nos ha demostrado la necesidad de fortalecer el sistema de salud y de reforzar las acciones en favor de los grupos altamente vulnerables. Cumplir oportunamente con las leyes aprobadas es una de ellas, sobre todo, si involucran enfermedades, como es el cáncer con tanto impacto económico y social”, señaló Dammert.

La reglamentación permitirá la implementación de la norma y la financiación con cargo a las diferentes Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud, tanto pública como privada (IAFAS).

SOBRE LA POBLACIÓN MÁS VULNERABLE

La nueva ley permitirá descentralizar los servicios de promoción, prevención y diagnóstico, beneficiando a los sectores de pobreza y pobreza extrema del interior del país, debido a que el 48% de los pacientes provienen de provincias. Además debe de fortalecer la estrategia de vacunación contra el virus del papiloma humano en las niñas y adolescentes en etapa escolar a escala nacional.

Según la ley, se ha estimado que la descentralización de la atención oncológica permitiría brindar servicios especializados. “Esta ley marca un hito en cómo nuestro país afronta una enfermedad tan perjudicial como es el cáncer. Desde diferentes frentes estamos a la expectativa de la reglamentación y estamos seguros que tendrá un impacto sin precedentes en la salud de los peruanos,” concluyo Adolfo Dammert.

 



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