También para la elaboración del padrón de ciudadanos beneficiarios de este subsidio individual
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) aprobó el documento técnico denominado “Lineamientos para la elaboración del Registro de Ciudadanos Elegibles y el Padrón de Ciudadanos Beneficiarios del Subsidio Monetario Individual conforme al Decreto de Urgencia Nº 080-2021”.
La Resolución Ministerial N°163-2021-MIDIS, publicada hoy en una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, aprobó la Pauta Técnica para elaborar el registro de hogares elegibles para el subsidio monetario individual autorizado por el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 080-2021.
El documento técnico “Lineamientos para la elaboración del Registro de Ciudadanos Elegibles y el Padrón de Ciudadanos Beneficiarios del Subsidio Monetario Individual conforme al Decreto de Urgencia Nº 080-2021” es un anexo de la referida resolución ministerial.
El artículo 2 de la norma publicada hoy está referido a la validación de la información resultante de aplicación de la Pauta Técnica para la elaboración del Registro Nacional para medidas Covid-19 en el marco de la Emergencia Sanitaria.
“Sobre la base de las facultades que se establece en el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 052-2020 a cargo del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y para la adecuada identificación de aquellos hogares elegibles que establece el numeral 3.4 del Decreto de Urgencia N°080-2021, Reniec realizará las validaciones con el RUIPN al registro de ciudadanos elegibles”, precisa la norma.
Entre tanto, el artículo 3 se refiere a la Asistencia Técnica y/o acompañamiento al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), en el marco del Decreto de Urgencia N° 080-2021.
Al respecto, la resolución publicada hoy designa a la Dirección General de Focalización e Información Social (DGFIS) como el órgano del Midis encargado de realizar las coordinaciones para la Asistencia Técnica y acompañamiento para el desarrollo de las actividades previstas en el artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 080- 2021 al Reniec, con los distintos órganos del Midis y las entidades del sector público que administran las bases de datos en el marco del Decreto de Urgencia N° 080-2021.
El artículo 4, a su vez, dispone “la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano”.