El Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Poder Ejecutivo contra la ley 31018 que suspende el cobro de peajes durante la emergencia sanitaria, promulgada por insistencia por el Congreso.
La ponencia estuvo a cargo del magistrado Augusto Ferrero Costa y concluyó que la Ley 31018 vulnera el artículo 62 de la Constitución que consagra la libertad de contratar y establece que los términos contractuales no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones de otra clase.
La sentencia fue respaldada por unanimidad con el voto de los magistrados Marianella Ledesma, (presidenta), Manuel Miranda, Ernesto Blume, Carlos Ramos, José Luis Sardón y Eloy Espinosa-Saldaña.
“Esta ley viola la libertad de contratar, al suspender el contenido contractual pactado por las partes relativo al cobro de peajes, pese a que los vehículos usan las carreteras concesionadas, y lo han hecho aún en los momentos más estrictos del estado de emergencia por la pandemia del COVID-19”, precisa la sentencia.