Una fiesta clandestina organizada en pleno estado de emergencia terminó con la muerte de 13 personas en Los Olivos, en medio de una crisis sanitaria y un país golpeado por la muerte de más de 27.000 personas por la COVID-19
El caso ha generado controversia sobre las consecuencias legales que podrían recaer en los organizadores, asistentes y municipalidad. Para la abogada penalista Roxana Chipana, existe una responsabilidad compartida, la cual se determinará tras las investigaciones.
“Lo que sí podría decirte preliminarmente es que hay una responsabilidad compartida: empresarios, víctimas y funcionarios municipales”, indicó la letrada.
Según la especialista, los principales responsables de lo ocurrido en la discoteca Thomas Restobar son los organizadores de esta fiesta clandestina, Leandro Montoya Callirgos e Irene Díaz Serrano, quienes podrían recibir una pena máxima de 35 años de cárcel por el delito de homicidio por dolo eventual.
“En principio, los empresarios y dueños de la discoteca porque, por lo que tengo entendido, ni siquiera tenían autorización para funcionar como tal, sino era un restaurante, por lo que no estaba adecuado como tal. Además han organizado esta fiesta clandestina. Podrían ser imputados por el título de homicidio por dolo eventual”, señaló Chipana.
Cabe mencionar que el alcalde del distrito Felipe Castillo afirmó que el local solo tenía un permiso expedido en el año 2016.
En el caso de la Municipalidad de Los Olivos, la especialista explicó que serán acreedores de una sanción penal si es que se logra verificar que ellos tenían conocimiento de las faltas en el local y no ejecutaron medidas de fiscalización.
“En cuanto a los funcionarios de la municipalidad, también se tendría que verificar. Si luego de la investigación se determina que hicieron caso omiso a verificaciones del local o denuncias de vecinos, entonces también se podría determinar que existe alguna responsabilidad de los funcionarios”, mencionó Chipana.
En tanto, las 22 personas que han sido detenidas podrían recibir una sanción penal no mayor de tres años por violación a la medidas sanitarias.
“Ahora, las personas que ya han sido detenidas serían imputadas por violación de las medidas sanitarias porque habrían vulnerado las disposiciones indicadas por el Estado debido a la pandemia que estamos atravesando. Y una de las prohibiciones es justamente acudir a estos eventos y reuniones masivas. Este delito está sancionado con una pena no menor de seis meses ni mayor de 3 años”, aseguró.
No obstante, la pena se podría agravar si es que las 15 personas que dieron positivo a COVID-19 conocían su diagnóstico con anterioridad.
“Si se verifica que alguno de los que ha dado positivo conocían con anterioridad su diagnóstico, es decir que eran portadores de la COVID-19 y a pesar de eso asistieron, entonces también se les podría imputar el delito de propagación de enfermedades contagiosas, que es sancionado con una pena no menor de 3 ni mayor de 10 años”, sentenció la especialista.