Los abogados constitucionalistas Pedro Cateriano, César Landa y Javier Alonso de Belaunde renunciaron también al Consejo Consultivo de la Comisión de Constitución del Congreso de la República tras los cambios constitucionales aprobados en el pleno del domingo.
En un documento dirigido a Omar Chehade, presidente de la Comisión de Constitución, Landa, extitular del Tribunal Constitucional (TC), indicó que la decisión de la mayoría del Parlamento “no solo ha desconocido que el Congreso no es un poder constituyente, sino un poder constituido y que las reformas constitucionales para ser válidas deben respetar los límites constitucionales formales”.
“La aprobación en el pleno del Congreso de las reformas constitucionales en primera votación para asegurar la inmunidad de cualquier actividad de los congresistas, incluso de los actos de función que podrían constituir infracciones a la ley penal, para que la Fiscalía no los investigue, ni la justicia los procese y eventualmente condene, es una grave involución al fortalecimiento de nuestra democracia representativa en la lucha contra la corrupción política”, señala en la misiva.
Cateriano Bellido, exministro de Defensa y exjefe del Gabinete Nacional, también renunció al Consejo Consultivo, aunque no indicó en su carta las razones de su decisión.
Posteriormente, se conoció que el constitucionalista Javier Alonso de Belaunde tomó la misma medida al considerar que “a reciente aprobación por parte del Parlamento de una reforma constitucional “contraviene los parámetros básicos de una debida deliberación y que supone una afectación grave a los principios constitucionales de democracia, gobernabilidad, balance y control de poder”.
Poco antes, el expresidente del Tribunal Constitucional, Óscar Urviola, renunció al Consejo Consultivo de la Comisión de Constitución que preside Omar Chehade (de Alianza Para el Progreso), argumentando que las modificaciones constitucionales aprobados por el pleno del Congreso alteran las bases del sistema democrático que se basa en la división de poderes y el sistema de pesos y contra pesos.
“Considero que la forma cómo se ha presentado ante el pleno de Congreso el dictamen en mayoría sobre la eliminación de la inmunidad parlamentaria cuyo alcance, de manera inesperada y sin la debida fundamentación, ha afectado la autonomía y facultades de los magistrados TC, el defensor del Pueblo, el presidente de la República y los ministros de Estado”, señaló en una carta enviada al presidente de este grupo de trabajo.
En el caso del mandatario, se modifica el artículo 117 de la Constitución a fin de que también pueda ser acusado por delitos contra la administración pública cometidos durante su mandato o con anterioridad.
De igual forma, se modifica el artículo 99 señalando que corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso al presidente de la República, a los parlamentarios, miembros del Tribunal Constitucional, de la Junta Nacional de Justicia, vocales de la Corte Suprema, fiscales supremos, defensor del Pueblo y el contralor por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en estas.
Con respecto al nuevo texto del artículo 93 de la Carta Magna, se señala que los Congresistas no están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación. Además, no son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten ni por las acciones legislativas, de representación, de fiscalización, de control político u otras inherentes a la labor parlamentaria, que realicen en el ejercicio de sus funciones.
También indica que los procesos penales contra legisladores por delitos comunes cometidos durante su mandato parlamentario son de competencia exclusiva de la Corte Suprema de Justicia.