El Presidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos, confirmó que luego de una reunión con representantes de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE) la semana pasada, se aprobó un dispositivo legal que permite el relevo del personal de las empresas mineras.
Como se recuerda, el Ministerio de Energía y Minas informó -el pasado 17 de marzo- que el Gobierno excluyó al subsector minero de las actividades prohibidas a realizar durante la emergencia nacional, aunque con ciertas condiciones de seguridad, salud y ambiente.
“Cuando se aprobó el estado de emergencia y la cuarentena, se establecieron que las únicas actividades que se mantenían eran la cadena alimenticia, medicamentos y salud, y que excepcionalmente los sectores podrían determinar qué otras actividades. A efecto de ello, se determinó que la que podría continuar era la actividad minera, pero bajo parámetros muy rigurosos”, acotó en un medio local.
“El yacimiento minero Las Bambas ha continuado su producción, pero obviamente para condiciones de un aislamiento absoluto, encapsulamiento. Es lógico comprender que son trabajadores que están más de 30 días allí. Por una cuestión de humanidad, hasta médica por el estrés al cual están sujetos, se ha flexibilizado la norma y a efecto de ello, se está disponiendo el relevo de este personal, con ciertas atingencias”, agregó Zeballos.
De otro lado, el primer ministro anunció que las multas a las personas que no cumplan el aislamiento social obligatorio durante el estado de emergencia oscilará entre el 2 y 10% de 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT), ascendiente a S/. 4,300.
“Es un porcentaje de 1 UIT. Oscila entre un 2% como mínimo y 10% como máximo. Hay una serie de especificaciones de conductas y cada conducta omitida está sujeta a una sanción pecuniaria”, subrayó.
Fuente: Gestión.