Domingo, 24 de Noviembre del 2024
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Empleadores deben contactar a Sunat para el Subsidio de Planillas

Publicado el 30/03/20

Vía internet para informar su Código de Cuenta Interbancaria

Los Empleadores del Sector Privado deberán comunicarse con la Sunat, vía internet para acceder al subsidio a las planillas que el gobierno ha establecido en el marco de la Emergencia Sanitaria para detener la pandemia del Coronavirus.

Así lo establece la Resolución de Superintendencia Nº 064-2020/SUNAT publicada hoy en el diario oficial El Peruano, que establece el plazo y modo en que los empleadores del sector privado deben comunicar a la Sunat el código de cuenta interbancaria (CCI) para efectos del abono del subsidio.

Plazo

De esta manera, los empleadores del sector privado a que se refiere el artículo 14 del Decreto de Urgencia N.º 033-2020, (Subsidio para el plago de planilla de empleadores del sector privado orientado a la preservación del empleo) deben comunicar a la Sunat el CCI en el plazo de siete días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Decreto de Urgencia N.º 033-2020.

En caso que se emitan los decretos supremos a que hace referencia el Título III del citado decreto de urgencia, el referido plazo se computará a partir del día hábil siguiente de la publicación del último de los mencionados decretos supremos.

También lea: Ministra de Trabajo: la propuesta del Gobierno es preservar los empleos

Modo

El empleador debe comunicar el CCI a la Sunat a través de Sunat Operaciones en Línea, ingresando a dicho sistema con su código de usuario y clave SOL y ubicando la siguiente opción en el rubro Empresas: Registro de CCI – Subsidio D.U. 033-2020.

La norma lleva la rúbrica del Superintendente Nacional (e) de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Luis Enrique Vera Castillo.

 



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