El fiscal provincial José Domingo Pérez presentó un informe ante el fiscal superior Rafael Vela, coordinador del Equipo Especial Lava Jato, en el que denuncia al magistrado del Tribunal Constitucional (TC) Carlos Ramos Núñez por el presunto delito de revelación indebida de identidad.
Según el documento, el tribuno habría cometido el mencionado delito, previsto y sancionado en el artículo 409-B del Código Penal, al identificar indebidamente a Jorge Yoshiyama Sasaki como aspirante a colaborador eficaz en el auto de aclaración al fallo del TC que dejó en libertad a la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori.
“En el caso de Jorge Yoshiyama, es necesario recordar que se trata de un aspirante a colaborador eficaz, por lo que sus declaraciones requieren de ciertos actos concretos para su adecuada corroboración”, se lee en auto referido, que fue emitido el último miércoles 4 de diciembre, luego que el procurador del Poder Judicial, Marco Palomino, presentara un recurso de aclaración
En ese sentido, Pérez Gómez sugiere a Rafael Vela que eleve el informe a la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones.
Según el artículo 99 de la Constitución Política, los miembros del Tribunal Constitucional son asistidos por una prerrogativa, por lo que corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Pleno del Congreso “todo delito que comentan en ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en estas”.
De acuerdo al artículo 409-B del Código Penal, en el caso de funcionarios públicos, la sanción podría ser pena privativa de la libertar “no menor de cinco ni mayor de siete años, e inhabilitación conforme al artículo 36°, incisos 1,2 y 4”.
En horas de la mañana de este jueves, el fiscal superior Rafael Vela consideró como un “hecho gravísimo” que Carlos Ramos haya revelado la condición legal de Yoshiyama Sasaki.
“Es un hecho gravísimo que nosotros no podemos comentar. Nunca el señor Yoshiyama ha revelado que él es un aspirante a un colaborador eficaz”, declaró a Canal N.