El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) prohibió hoy el servicio de taxi en motos lineales y anunció el bloqueo de los aplicativos y/o páginas web que oferten el servicio de transporte de personas a bordo de estas unidades.
La medida está respaldada por el Decreto Supremo 035-2019-MTC, publicado hoy en el diario El Peruano con las rúbricas del presidente Martín Vizcarra y el titular del sector, Edmer Trujillo.
El servicio de taxi en motocicletas está expresamente prohibido pues representa riesgos inminentes para las personas, tales como la inseguridad ciudadana o ser víctimas de accidentes de tránsito, indica la norma.
“Con esta medida, el MTC deja claramente expresa la prohibición de utilizar motocicletas lineales para el servicio de transporte público de personas. No podemos permitir que los ciudadanos sean expuestos a sufrir asaltos o accidentes de tránsito. El servicio de taxi en motos no sólo atenta contra la vida y la seguridad de los usuarios, sino de la población en general, y por lo tanto, está prohibido”, afirmó Fernando Cerna, director general de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del MTC.
Procedimiento de bloqueo
Asimismo, la norma dispone que la Dirección General de Políticas y Regulación de Transporte Multimodal es la encargada de solicitar el bloqueo de los aplicativos y/o páginas web a la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones (DGPPC) del MTC, para lo cual toma en cuenta la información que le proporciona cualquier autoridad competente en fiscalización de transportes o cuando lo identifique de manera directa.
“El cumplimiento de lo que señala la Ley de banda ancha, el MTC hace expresa la prohibición del servicio de taxi en motos lineales, ya que los operadores de telefonía solo pueden bloquear una app si existe una norma que lo prohíba”, afirmó por su parte José Aguilar, director en Políticas y Regulación en Comunicaciones del MTC.
motos
Se considera una infracción muy grave el incumplimiento o cumplimiento extemporáneo del bloqueo de aplicativos y páginas web requerido por la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones, de acuerdo a la normativa correspondiente.
El MTC precisa que las municipalidades provinciales, en coordinación con la Policía Nacional del Perú, son las responsables de hacer cumplir la medida con acciones de control y fiscalización para que no se siga brindando este servicio en sus respectivas jurisdicciones.
De acuerdo al Reglamento Nacional de Administración del Transporte (RNAT), el servicio de transporte especial de taxi en ámbito provincial, debe ser prestado de manera exclusiva en vehículos de la categoría M1 de la clasificación vehicular, que establece el Reglamento Nacional de Vehículos.
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Excepción
El Decreto Supremo recuerda que la Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores considera apto para el servicio de transporte público de pasajeros a aquellas unidades de tres ruedas, motorizadas y no motorizadas.
Para prestar este servicio, el vehículo menor de tres ruedas debe estar equipado con los dispositivos e instrumentos de seguridad y cumplir con las demás características que determine la municipalidad correspondiente, sostiene la norma.