El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó hoy la Política Nacional de Inclusión Financiera (PNIF) y modificó el Decreto Supremo 029-2014-EF, que creó la Comisión Multisectorial de Inclusión Financiera.
Esta decisión se tomó mediante la publicación, en el boletín de normas legales del diario El Peruano, del Decreto Supremo N° 255-2019-EF.
El dispositivo establece que el PNIF es de cumplimiento obligatorio por todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado y los diferentes niveles de gobierno, conforme a su autonomía y competencias.
Agrega que los organismos constitucionalmente autónomos participan en la PNIF conforme a su autonomía y competencias.
También precisa que el MEF, a través de la Comisión Multisectorial de Inclusión Financiera realizará el seguimiento de la PNIF, con información provista por los ministerios intervinientes, siendo este Ministerio el órgano responsable de remitir los reportes de seguimiento y evaluación ante el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN).
Asimismo, las entidades del Estado que se encuentran bajo el ámbito de la presente norma, brindarán información a la Comisión Multisectorial de Inclusión Financiera, a fin de realizar el seguimiento y evaluación de la implementación de la PNIF.
El decreto supremo precisa que la PNIF regirá desde el día siguiente de su publicación hasta el 31 de diciembre de 2030.
También precisa que el MEF, en un plazo máximo de 180 días calendario, contados desde el día siguiente de la vigencia del presente decreto supremo, aprobará el Plan Estratégico Multisectorial de la Política Nacional de Inclusión Financiera mediante decreto supremo, para cuya formulación debe contar con la participación de los demás Ministerios, conforme a sus funciones y competencias.