Mediante un post de Facebook, el Poder Judicial recordó a todos los cibernautas que el acto de difamar a una persona a través de WhatsApp es un delito con una pena de hasta tres años de cárcel.
“Si el delito se comete por internet o medios virtuales, blog y/o páginas sociales, la pena de cárcel será no menor de uno ni mayor de tres años, además de 120 a 300 días multa”, se puede leer en el post de Facebook de la PJ.
Cabe mencionar que este delito está dentro de lo que establece el artículo 132 del Código Penal. El abogado penalista Luis Lamas Puccio explicó que la injuria es calificar a una persona en términos peyorativos y manifestar que esa persona habría cometido algún hecho que tiene connotaciones penales.
“En este caso Facebook y WhatsApp se han convertido en medios de comunicación, incluso de mayor relevancia que la forma tradicional como los seres humanos se comunican”, comentó el especialista a ATV+.