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Poder Judicial es declarado en emergencia por 90 días

Publicado el 18/07/18

Lima, jul. 18.

El Poder Judicial (PJ) fue declarado en emergencia por el plazo de noventa días mediante, con la finalidad de adoptar urgentes medidas administrativas que corrijan y superen la crítica situación existente en el sistema judicial.

Esta declaratoria, oficializada por resolución administrativa, comprende a los órganos administrativos de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, distritos judiciales del país, Sala Penal Nacional, Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, y a la Gerencia General del PJ.

“Que, atendiendo a la problemática que se presenta en la realidad judicial peruana, resulta imperativo adoptar medidas urgentes e inmediatas, para restablecer el normal, eficiente, eficaz y transparente desarrollo de las actividades jurisdiccionales”, señala en la parte considerativa.

El dispositivo, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, aprueba el plan de trabajo presentado por el presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el mismo que se implementará progresivamente.

La decisión, que firma el titular de la Corte Suprema, Duberlí Rodríguez, se toma ante las recientes informaciones divulgadas por los medios de prensa, denunciando una serie de hechos graves y censurables que lesionan la imagen y autonomía del Poder Judicial.

Asimismo, indica que la declaratoria es conforme al artículo 82º, numeral 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Según dicha normativa, es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar las medidas necesarias, a fin que las dependencias judiciales funcionen con celeridad y eficiencia.

Como se recuerda, el presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez, anunció en la víspera la declaratoria de emergencia de este Poder del Estado, ante la divulgación de audios donde se demostraría tráfico de influencias entre instituciones del sistema de justicia.



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