Lunes, 23 de Diciembre del 2024
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Prohíben uso de programas sociales con fines electorales

Publicado el 08/01/18

Mediante su cuenta en Twitter, precisó que “el objetivo de la Directiva de Transparencia Electoral del Midis es garantizar una conducta transparente y neutral en nuestros colaboradores y programas sociales, a fin de evitar que sus recursos sean utilizados a favor o en contra de los candidatos u organizaciones políticas”.

La disposición mereció también el respaldo de la exdefensora del Pueblo Beatriz Merino. “Saludemos norma Midis que prohíbe uso de programas sociales en procesos electorales. Ese dinero es para las poblaciones en pobreza extrema: debemos estar siempre a su lado e impedir los programas sociales sean usados para manipularlos”, precisó también en la citada red social.

Mediante una disposición publicada en el Diario Oficial El Peruano, se precisó que los funcionarios están impedidos de realizar actos de proselitismo bajo sanciones contempladas en la Ley de Servir.

La directiva correspondiente es la N° 002-20178-Midis, Disposiciones sobre la Neutralidad y Transparencia de los Servidores Civiles del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Nacionales Adscritos durante los Procesos Electorales.

Esta norma tiene por objetivo garantizar la conducta transparente y neutral del personal del Midis y sus programas sociales, con la finalidad de evitar que los recursos públicos se utilicen a favor o en contra de los candidatos u organizaciones políticas.

Asimismo, se emiten las disposiciones para la atención de las denuncias que se presenten contra los empleados del ministerio, por infracciones a los deberes de neutralidad y transparencia. Establece, en cada caso, la autoridad competente del procedimiento disciplinario si se incumple la norma.

Durante los procesos electorales, los servidores del Midis y sus programas sociales, sin excepción, estarán prohibidos de realizar proselitismo político o cualquier otra actividad política partidaria o electoral durante su horario de trabajo, mientras permanezcan en los locales institucionales, así como durante las comisiones de servicio.

La directiva indica que la transgresión de las disposiciones establecidas se considera una infracción y estará sujeta, de acuerdo con la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, a las responsabilidades civiles o penales a que hubiera lugar.

Las organizaciones políticas, candidatos, directivos, servidores o los ciudadanos en general pueden presentar denuncias contra el personal del Midis y programas sociales que contravenga la directiva y disposiciones relacionadas.

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Durante el horario de trabajo, los servidores no podrán asistir a ningún comité u organización política, ni realizar propaganda de cualquier naturaleza, a favor o en contra de alguna organización política o candidato.

Están prohibidos de usar y/o facilitar los locales, oficinas y cualquier estructura del Midis y sus programas para actos políticos.



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