Domingo, 22 de Diciembre del 2024
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Niño Costero: Oficializan entrega de S/. 500 a Damnificados para que alquilen Vivienda

Publicado el 23/11/17

Se otorgará ayuda económica a población con casas colapsadas o inhabitables

El Gobierno emitió un decreto de urgencia para la entrega de un bono de 500 soles a la población damnificada por El Niño Costero que perdió sus casas, con el fin de que puedan alquilar una Vivienda.

Mediante Decreto de Urgencia Nº 014-2017, publicado hoy en Diario Oficial El Peruano, se aprobó esta entrega de 500 soles en beneficio de las familias que ocupaban una vivienda que se encuentra en condición de colapsada o inhabitable por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados durante este año.

La norma indica que el bono es para los damnificados que no hayan recibido Módulo Temporal de Vivienda en el lote que venían ocupando o que no hayan sido atendidos mediante un Bono Familiar Habitacional en sus distintas modalidades previstas en el Plan de Reconstrucción.

La ayuda económica establecida en el presente decreto de urgencia es para damnicados beneficiarios que sean mayores de 18 años, sin carga familiar o a las familias que hayan ocupado una vivienda que se encuentre colapsada o inhabitable.

Procedimiento

Para la entrega del bono de 500 soles, la municipalidad provincial hace la convocatoria y los damnificados solicitan la ayuda económica mensual de naturaleza temporal, adjuntando para tal efecto una declaración jurada, en la que conste que la ayuda económica será destinada para el arrendamiento de una vivienda.

La municipalidad provincial verifica que el solicitante sea un damnificado y remite al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la relación de los potenciales beneficiarios de la ayuda económica.

A través del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Coforpi), se verifica que las viviendas de los potenciales beneficiarios tengan la condición de colapsadas o inhabitables, según el catastro de daños en las zonas declaradas en emergencia.

Asimismo, mediante la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, se confirma que los potenciales beneficiarios no hayan recibido Módulo Temporal de Vivienda en el lote que venían ocupando o que no hayan sido atendidos mediante un Bono Familiar Habitacional en sus distintas modalidades previstas en el Plan de Reconstrucción.

La Contraloría General de la República, en el marco del Sistema Nacional de Control, verifica el cumplimiento de la presente norma respecto de las acciones realizadas y los resultados alcanzados.

El presente decreto de urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018 o hasta que se agoten los recursos transferidos al Fondo Mivivienda.

 



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