Jueves, 19 de Diciembre del 2024
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Establecen creación de fondo para cautelar pago de reparación en casos de corrupción

Publicado el 13/02/17

Lima, feb. 13. El Gobierno estableció la creación de un fondo, denominado Fideicomiso de Retención y Reparación (FIRR), administrado por el Banco de la Nación, con la finalidad de recaudar y servir el pago de las reparaciones civiles al Estado, por parte de empresas sentenciadas por corrupción o que hayan aceptado su responsabilidad de este ilícito.

 A través del decreto de urgencia 003-2017, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El peruano, asegura la continuidad de Proyectos de Inversión para la prestación de Servicios Públicos y cautela el pago de la reparación civil a favor del Estado en casos de corrupción.
El dispositivo, anunciado en la víspera por el presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, señala que es aplicable a las personas jurídicas condenadas, en el país o en el extranjero, mediante sentencia consentida o ejecutoriada por delitos contra la administración pública o lavado de activos.
Asimismo, que directamente o a través de sus representantes, hubiesen admitido y reconocido la comisión de cualquiera de los delitos antes descritos “ante alguna autoridad nacional o extranjera competente”.
Además, se determina la suspensión de realizar transferencias al exterior del íntegro de sus capitales, dividendos o las utilidades provenientes de su inversión.
De otro lado, refiere que cualquier persona que pretenda adquirir algún bien o derecho de alguna de estas empresas, deberán presentar previamente al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos una solicitud escrita manifestando su interés.
Mientras que las entidades del Estado que resulten obligadas a efectuar algún pago por cualquier título a favor de las empresas vinculadas con actos de corrupción, ejercerán el derecho de retención hasta por un monto estimado equivalente al promedio del margen neto de ganancia, después de tributos, de los últimos cinco años en proyectos similares.
Por último, se establece que la vigencia del plazo del decreto de urgencia tendrá vigencia de un año.


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