Viernes, 22 de Noviembre del 2024
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El Día del Tondero en región Piura se conmemorará el 29 de octubre de cada año

Publicado el 05/01/17

El Gobierno Regional de Piura declaró de interés educativo, cultural, turístico y patrimonio regional a la danza Tondero, por ser expresión cultural propia del arte popular y del folclor piurano, y estableció a nivel regional la conmemoración del Día del Tondero, el 29 de octubre de cada año.

Mediante una Ordenanza publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, se declara también de interés educativo, cultural y turístico los festivales, exhibiciones, pasacalles y muestras masivas de carácter regional que tengan por objeto la promoción, difusión y preservación de la expresión cultural del Tondero.
Se encarga a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, y la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, brindar la cobertura que los eventos descritos requieran para el éxito y la mayor participación de la ciudadanía.
Se dispone también que la Gerencia General Regional y Gerencia Regional de Desarrollo Social elaboren el Plan Regional de Promoción del Tondero, cuya finalidad será la difusión, promoción, cultivo, aprendizaje, enseñanza y desarrollo del Tondero como expresión de los valores culturales que emanan de los orígenes y mestizaje racial de la Región Piura.
La Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Dirección Regional de Educación, en coordinación con las Unidades de Gestión Educativas Locales (Ugel), debe garantizar que las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular (EBR), incorporen las políticas del Plan Regional de Promoción del Tondero, en sus instrumentos de gestión: Proyecto Educativo Institucional, Proyecto Curricular de la Institución Educativa, Reglamento Interno y en el Plan Anual de Trabajo, según corresponda.
Enseñanza obligatoria
En la Ordenanza se encarga a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y Dirección Regional de Educación, en coordinación con las Unidades de Gestión Educativas Locales, que dispongan la enseñanza obligatoria del Tondero en las Áreas Curriculares de Educación por el Arte, en todas las instituciones educativas públicas y privadas de la región.
Se exhorta a todas las instituciones públicas y privadas, así como organizaciones de la sociedad civil de la región que inicien sus verbenas, serenatas, retretas y/o ceremonias por aniversario y demás actividades culturales que organicen, con la expresión del Tondero como primer número artístico.
Asimismo, se insta a las instituciones educativas públicas y privadas de educación superior técnica y universitaria, organizaciones culturales, artísticas y sociales de la región, a través de sus elencos artísticos y sus políticas de proyección social, exhiban y difundan de modo permanente, la expresión cultural del Tondero en cada una de sus presentaciones locales, nacionales e internacionales.
El Gobierno Regional dispone que, a efectos de velar por la pureza, elegancia y espontaneidad de esta expresión tradicional propia de la región Piura, de ningún modo el Tondero deberá estar sujeto a reglas coreográficas ni parámetros técnicos que distorsionen su originalidad, como ha ocurrido con otras expresiones folclóricas. 
“Todo pacto en contrario será nulo de pleno derecho. Los cultores, compositores, investigadores, organizaciones culturales y académicas que lo promuevan, deberán velar por el estricto cumplimiento de esta disposición de orden público”, enfatiza la Ordenanza Regional.
Para la enseñanza obligatoria del Tondero, las instituciones educativas públicas y privadas de la región, podrán desarrollar talleres de música y baile en las Áreas Curriculares de Educación por el Arte, con el apoyo de personas, instituciones educativas públicas y privadas de educación superior técnica y universitaria y puntos de cultura, a través de sus elencos artísticos y sus políticas de proyección social, en el marco de lo establecido en la Ley 30487, de Promoción de los Puntos de Cultura, precisa la ordenanza.
Se encomienda a la Gerencia General Regional y Gerencia Regional de Desarrollo Social dirigir, coordinar y articular las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento a las disposiciones de la ordenanza, mientras se establezca posteriormente el organismo rector de las políticas culturales regionales.
Finalmente, se dispone que la elaboración del Plan Regional de Promoción del Tondero se lleve a cabo con la participación y concertación de los actores culturales involucrados, entre ellos los autores y compositores, a efectos de lograr un documento democrático.
Asimismo, se indica que la elaboración y aprobación del mencionado documento no exceda el plazo de 90 días calendario a partir de la publicación de la ordenanza, dando cuenta al Consejo Regional.
La norma lleva la firma del gobernador regional Reynaldo Hilbck Guzmán, y del consejero delegado Eligio Sarango Albújar.

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