Según la Resolución Suprema Nº 189-2015-IN, publicada hoy en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, la prórroga de la intervención se prolongará del 14 de setiembre al 13 de octubre del presente año.
La actuación de las FF. AA. constituirá una tarea de apoyo a la misión de la PNP y no releva la activa participación de esta. El control del orden interno permanece en todo momento a cargo de la Policía Nacional del Perú.
La actuación de las FF. AA. estará dirigida a contribuir y garantizar la vigencia del derecho a la libertad y seguridad personales, a la libertad de tránsito por las vías y carreteras, el derecho a la paz, a la tranquilidad, el adecuado funcionamiento de los servicios públicos esenciales, y resguardar puntos críticos vitales para el normal desarrollo de las actividades de la población afectada.
Esto facilitará que los efectivos de la PNP concentren su accionar en el control del orden público y la interacción con la población de los departamentos a que se refiere la presente resolución suprema.
La intervención de las FF. AA. se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1095, que establece las Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.
La participación de las FF. AA., conforme a la presente resolución suprema, no implica en modo alguno la restricción, suspensión ni afectación de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política del Perú, las leyes y los tratados internacionales sobre derechos humanos de los que el Perú es parte.
La resolución lleva la rúbrica del presidente Ollanta Humala Tasso; así como de los ministros del Interior, José Luis Pérez Guadalupe, y de Defensa, Jakke Valakivi Álvarez.