Según un Decreto Supremo publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, la Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
Durante el estado de emergencia quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9, 11, 12 y 24, apartado f del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
El Decreto Supremo lleva la rúbrica del Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, y está refrendado por el presidente del Consejo de Ministros, Pedro Cateriano Bellido; así como por los ministros de Defensa, Jakke Valakivi Álvarez; del Interior, José Luis Pérez Guadalupe; y de Justicia y Derechos Humanos, Gustavo Adrianzén Olaya.