Certificado de antecedentes penales cuesta S/. 52.80
El Poder Judicial redujo los Costos de sus Trámites Administrativos con el propósito de mejorar la protección de los intereses de la población y acelerar la atención de sus requerimientos, por lo que en adelante los costos fluctuarán entre S/. 3.70 y S/. 52.80.
El Consejo Ejecutivo de dicho poder del Estado publicó el nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la institución, mediante la Resolución Administrativa N° 161-2015-CE-PJ.
Carta Poder
Por el otorgamiento de una carta poder con firmas legalizadas en los lugares donde se carezca de abogados, los justiciables ya no tendrán que pagar S/. 7.20 nuevos soles por dicho trámite, sino solo S/. 6.00 nuevos soles.
Constatación de Supervivencia
Para la obtención de un certificado de constatación de supervivencia en los lugares donde no haya notario, el justiciable deberá abonar S/. 14.75
Copias Certificadas de Resolución Final
La expedición de copias certificadas de una resolución final tendrá un costo de S/. 7.35 por cada folio, mientras que por la expedición de copias simples del mismo documento se deberá abonar S/. 3.70.
Certificado de Homonimia
El costo del certificado de homonimia en los lugares autorizados de las respectivas cortes superiores es S/. 10 y para el desarchivamiento de expedientes con mandato judicial de archivo el monto será de S/. 35.10.
Protesto de Títulos Valores
La judicatura determinó que el derecho que se deberá pagar para el protesto de títulos valores en los lugares donde se carezca de notario será de S/. 23.90, en tanto que los que soliciten la inscripción de escrituras imperfectas en los lugares donde no existen notarios tendrán que pagar un derecho de S/. 28.10.
Certificados de Antecedentes Penales
Para la expedición de certificados de antecedentes penales en los lugares autorizados de las respectivas cortes superiores y/o en la Gerencia General del PJ, los justiciables deberán pagar S/. 52.80 e igual cantidad si el trámite se realiza con la respectiva carta poder.
Lineamientos
Por disposición del Poder Judicial, el plazo de vigencia del derecho de tramitación será de un año calendario, período que será computado a partir de la fecha en que el justiciable o administrado efectúe el pago correspondiente en el Banco de la Nación o en la entidad financiera autorizada.
Para los efectos del pago de los derechos administrativos fijados en el nuevo TUPA del PJ se aplicará la unidad impositiva tributaria (UIT) vigente al momento de la solicitud del servicio o trámite.