La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) hizo pública hoy la sentencia del Caso Chavín de Huántar, en la que se declara que el Estado peruano tuvo una “responsabilidad parcial” respecto al caso.
Sin embargo, se lee también en el fallo que la Corte IDH no ordena a Perú pagar una reparación económica a los deudos de los terroristas del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA)implicados en el Caso Chavín de Huántar.
Esta tarde, el ministro de Justicia Gustavo Adrianzén confirmó la recepción de este fallo y, en conferencia de prensa, indicó que la “responsabilidad parcial” que atribuye la sentencia en contra del Estado peruano se refiere, específicamente, a que no investigó con anterioridad el caso de la supuesta ejecución extrajudicial del terrorista Eduardo Cruz Sánchez ‘Tito’.
Al respecto, el ministro dijo que la sentencia por el Caso Chavín de Huántar detalla que el Estado peruano deberá abrir un nuevo proceso en ese caso e informar, en un año de plazo, la situación en la que se encuentra.
El ministro de Justicia, Gustavo Adrianzén, sostuvo hoy que no es posible que los comandos que participaron en la Operación Chavín de Huántar se vean implicados o imputados en la investigación que realiza el Ministerio Público para esclarecer la muerte del terrorista Edgar Cruz Sánchez, “Tito”.
Eventualmente, indicó, podrían ser convocados como testigos los jefes del operativo de rescate, pero no los 140 militares que tomaron parte en la operación.
Precisó, asimismo, que se cuenta con reportes de todas las zonas donde actuaron los comandos Chavín de Huántar durante la misión de rescate, y estos no estuvieron en la vivienda contigua a la residencia del embajador japonés en Lima, donde fue hallado el cuerpo de “Tito”.