El Ejecutivo promulgó hoy la norma que obliga a los candidatos a consignar en su Hoja de Vida las sentencias condenatorias firmes y la declaración de sus bienes y rentas, de lo contrario podrían ser retirados de la lista de postulantes hasta 10 días antes de un proceso electoral.
La norma señala que las sentencias que deben ser consignadas serán las que impliquen una condena firme por delitos doloso, aquellas con reserva de fallo condenatorio, las sentencias por incumplimiento de obligaciones familiares o alimentarias, contractuales, laborales o por incurrir en violencia familiar, que hubieran quedado firmes.
Deberán consignar, además, las renuncias efectuadas a otros partidos políticos, movimientos de alcance regional o departamental u organizaciones políticas de alcance provincial y distrital, de ser el caso.
Será obligatorio también incluir una declaración de bienes y rentas, de acuerdo con las disposiciones previstas para los funcionarios públicos.
Los casos de falsedad u omisión que se detecten después del plazo previsto para el retiro del candidato, serán remitidos al Ministerio Público.
La norma, publicada hoy en el Boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, está rubricada por el presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, y el presidente del Consejo de Ministros, Pedro Cateriano Bellido.