Jueves, 21 de Noviembre del 2024
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¡En Bolivia se dio!

Publicado el 23/04/15

LA LEY GENERAL DE PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES EVO MORALES AYMA’ artículo 223 – El que mate un animal con ensañamiento y perversidad tendrá sanción de privacidad de libertad de 3 a 8 años.

Muy pronto en nuestro país se castigará a todo aquel individuo que maltrate y/o mate a algún animal.

Fuente: Asppa Perú-Oficial



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