El Banco Central de Reserva (BCR) redujo nuevamente el requerimiento de Encaje en Soles a las entidades financieras, con la finalidad de favorecer un nivel adecuado de liquidez en la economía, decisión que entrará en vigencia a partir de marzo de este año.
El directorio del ente emisor, en uso de las facultades que le son atribuidas y a través del Circular Nº 009-2015-BCRP, resolvió reducir la tasa de encaje mínimo legal y la tasa de encaje aplicada a las obligaciones sujetas al régimen general a ocho por ciento.
Asimismo, determinó disminuir el requerimiento mínimo de fondos en las cuentas corrientes en el Banco Central a uno por ciento.
Igualmente, acordó establecer un encaje adicional al régimen general a partir de junio y diciembre del 2015, en función a la evolución del crédito en moneda extranjera.
El encaje adicional se establecerá en función al crédito total en moneda extranjera y a la evolución del crédito hipotecario y vehicular en moneda extranjera.
Según el BCR, estas medidas tienen por finalidad proveer la liquidez necesaria en moneda nacional para continuar promoviendo la evolución ordenada del crédito en el país.