Viernes, 22 de Noviembre del 2024
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Condiciones de Competencia Desigual: Caso de las Percepciones del IGV Aplicables a la Adquisición de Combustibles

Publicado el 27/08/14

El Régimen de Percepciones del IGV es un mecanismo que busca reducir el alto grado de informalidad y el incumplimiento tributario en la comercialización de algunos bienes. Según este mecanismo, el agente de percepción (vendedor) designado por la SUNAT recarga un porcentaje sobre el precio de venta a sus clientes. Este monto es entregado a la SUNAT, y representa un pago adelantado del IGV que dichos clientes generarán por sus ventas futuras.

Las empresas que conforman la SNMPE no pueden sino estar de acuerdo con apoyar estos fines. Pero el mecanismo no se puede desnaturalizar ya que termina generando distorsiones en el mercado; esto ocurre cuando no es aplicado por igual para todas las empresas que se encuentran en idénticas condiciones. ¿Y cuál es el problema? Es que en el caso de los combustibles líquidos, el Ministerio de Economía y Finanzas, con opinión de la SUNAT, selecciona a los agentes de percepción de la relación de Distribuidores Mayoristas de combustibles registrados ante el OSINERGMIN. Pero, por razones que no se entienden, sólo algunos operadores han sido designados agentes de percepción, pese a que todos se encuentran en idénticas condiciones.

¿Qué origina esa diferenciación? Como resulta obvio, los clientes prefieren adquirir sus combustibles del comercializador que no ha sido designado agente de percepción, pues así evitan el recargo de 1% en el precio. Esta diferenciación, obviamente, genera condiciones de competencia desiguales entre los agentes del mercado.

Por lo anterior, es preciso que la SUNAT y al Ministerio de Economía y Finanzas designen como Agentes de Percepción a la totalidad de Distribuidores Mayoristas de combustibles líquidos, a fin de establecer las necesarias condiciones de competencia equitativas en el mercado.



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