Lima, may. 09. El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), confirmó la sanción a la empresa Gothic Entertainment S.A., propietaria de la discoteca Gótica, por discriminar a la consumidora Godfrey Arbulú, al impedirle el ingreso a sus instalaciones por su orientación sexual.
La agraviada acudió a la discoteca invitada a un evento, sin embargo el personal de seguridad tras solicitarle su documento de identidad, le condicionó el ingreso al pago de una suma mayor al que debían pagar los demás consumidores, señaló Indecopi.
Los hechos fueron denunciados ante Indecopi, que en la primera instancia multó y ordenó medidas correctivas contra Gothic Entertainment al comprobarse que con este trato discriminatorio la discoteca infringió el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Posteriormente, ante la apelación que presentó dicha discoteca ante la segunda instancia administrativa, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, confirmó la sanción y resolvió multar a la discoteca Gótica con 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 185 000 soles, además de que esta asuma el pago de los costos incurridos por la denunciante en el procedimiento.
La discoteca también tendrá que capacitar a su personal para que, en el futuro, eviten conductas discriminatorias similares, debiendo acreditar ante el Indecopi dicha capacitación.
El Indecopi reafirma la necesidad de desterrar las prácticas que impliquen un trato discriminatorio entre las personas basado en su orientación sexual, hechos que no pueden ser permitidos bajo ninguna óptica pues vulneran el derecho a la dignidad de la persona, alterando la normal igualdad que debe existir en el acceso al consumo de bienes y servicios en el mercado.