La Haya, mar. 31. Japón deberá revocar los permisos de caza de ballenas en la Antártida ejecutados bajo el programa Jarpa II, en virtud a un fallo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, que consideró que dicha actividad no se ajusta a los fines científicos contemplados en la legislación internacional.
Peter Tomka, presidente del tribunal, precisó que dichos permisos no se ajustan a las provisiones contenidas en el artículo VIII de la Convención Internacional para la Reglamentación de la Caza de Ballenas.
Según dicho convenio, solo se permite la caza con fines científicos o para subsistencia de la población aborigen, y si bien para los jueces Jarpa II tiene objetivos científicos, su práctica ha sido poco transparente.
Esto último, de acuerdo con la CIJ, se dio por ejemplo en la elección del tamaño de la muestra de cetáceos, que incluye por temporada la caza de 850 ejemplares de rorcual aliblanco, 50 de ballena jorobada y 50 de rorcual común.
Para el tribunal, Japón no ha podido explicar las razones del incremento del tamaño de la muestra respecto a la primera fase del programa.
La decisión fue adoptada con 12 votos a favor y cuatro en contra, y considera, además de revocar cualquier permiso o licencia relacionado con Jarpa II, evitar pedir otros similares en el contexto de dicho programa.
La demanda contra Japón ante la CIJ fue presentada por Australia en mayo de 2010, al advertir que la caza tenía fines comerciales.