El Comité de Apelación de la Federación Española de Fútbol (RFEF) ha acordado estimar el recurso del Real Jaén y retirar la multa de 2.000 euros impuesta a su jugador Johathan Mejía “Jona”, por mostrar un mensaje de apoyo a niños enfermos de cáncer tras marcar un gol ante Las Palmas.
Apelación habla de situación de excepcionalidad y de falta de publicidad para retirar al jugador hispano-hondureño la sanción, pese a afirmar que ésta fue impuesta por el comité de Competición en cumplimiento del Código Disciplinario de la RFEF (artículo 91), que es acorde a la normativa de la FIFA.
“Sin que haya que descalificar la norma citada, este Comité, repetidamente (caso Jarque, caso Mineros de Chile y otros varios), ha templado el rigor del precepto, declarándolo inaplicable teniendo como base situaciones de excepcionalidad, que por determinadas circunstancias conmovieron al colectivo de la sociedad o de los propios deportistas”, señala Apelación en su fallo.
En el mismo afirma que “este supuesto es ahora aplicable, pues el factor niños/as enfermos/as de cáncer, constituye base suficiente”, ha señalado el Comité en su resolución, en la que explica también que debe tenerse en cuenta la falta de publicidad.
El Comité de Apelación afirma que fue “imposible leer a distancia” la leyenda estampada en la camiseta “con trazos de bolígrafo o rotulador fino”, por lo que no existió publicidad, sino que ésta “la ha recibido después de la sanción”.
“En consecuencia falla, o no concurre, uno de los elementos objetivos del tipo sancionador, la publicidad, requerido expresamente por el citado artículo 91”, añade la resolución firmada por los tres integrantes del Comité de Apelación, José Mateo, Arturo Manrique y Carlos González.
Jona fue sancionado por el Comité de Competición con la citada multa por mostrar, cuando marcó un gol en el partido de la pasada jornada de la Liga Adelante ante Las Palmas, una camiseta en la que se solidarizaba con los niños con cáncer, en aplicación del artículo 91 del Código Disciplinario de la RFEF.