Mincetur y Promperú presentaron la nueva campaña nacional de Marca Perú “Representantes de lo Nuestro”
La Ministra Magali Silva informó que con el objetivo de incentivar a todos los peruanos que participen en la difusión y consolidación de la Marca Perú generando mayor sentimiento de orgullo ,identidad y autoestima nacional , por lo que se premiará a quienes participen subiendo fotografías y videos de atractivos del Perú en www.representantesdelonuestro.pe.
La campaña “representantes delo Nuestro” tiene como embajadores de la marca País a Gian Marco , Carlos Alcantará , Wendy Ramos,Dina Páucar y Cristian Bravo quienes a por medio de 5 videos difundirán los distintos atractivos del Perú
Durante la presentación la nueva campaña nacional estuvierón Aracelly Laca Ramos Directora Ejecutiva de Promperu , Max Gutiérrez de McCANN, Javier Wong, Fátima Arrieta, José Miguel Valdivia , Rafo León , Harumi Momota , Jaime Cuadra ,Gabriel Villaran y invitados.
Foto.-Javier Espichán Gambirazio.
A continuación las bases respectivas .–
PROMPERÚ
BASES DE LA PROMOCIÓN
“Representantes de lo Nuestro”
I. ORGANIZADORES DE LA PROMOCIÓN.
Comisión del Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ), RUC Nº 20307167442, domiciliada en Avenida República de Panamá Nº 3655 – San Isidro, en adelante “PROMPERÚ” , ha organizado una actividad denominada “Representantes de lo nuestro”, en adelante ““LA CAMPAÑA”.
II. CONTENIDO, MECÁNICA Y RESTRICCIONES DE LA CAMPAÑA.
2.1. LA CAMPAÑA tiene como finalidad:
2.2. Para participar en LA CAMPAÑA, los usuarios obligatoriamente deberán cumplir con cada uno de los pasos que se detallan a continuación:
-Ingresar a la página web www.representantesdelonuestro.pe o a la aplicación para teléfonos móviles.
2.3. Las categorías son:
2.4. Estarán prohibidos de subirse información fotográfica y/o audiovisual cuyo contenido sea contrario a la neutralidad política de la Entidad y/o contenga mensaje discriminatorio por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole y/o atente contra la moral y las buenas costumbres. PROMPERÚ retirará la información fotográfica y/o audiovisual que transgreda la presente prohibición.
2.5. Es responsabilidad del participante garantizar que las fotografías y/o audiovisuales no vulneran los derechos de propiedad intelectual de ningún tercero u otros derechos de cualquier naturaleza. Cualquier responsabilidad que pueda derivarse de la reclamación de derechos de terceros sobre las fotografías y/o audiovisuales será asumida única y exclusivamente por parte de los participantes.
2.6. No se admitirán fotografías y/o audiovisuales que afecten el orden público y las buenas costumbres. Los participantes que infrinjan esta disposición serán descalificados automáticamente de LA CAMPAÑA. PROMPERÚ se reserva el derecho de realizar las filtraciones y/o modificaciones previas respecto del contenido de la información que los participantes pretendan subir a la web.
III. GANADORES Y PREMIOS
LA CAMPAÑA tendrá un total de 04 (CUATRO) ganadores.
El premio estará constituido por 01 (UN) paquete turístico por el Perú para dos (DOS) personas, para cada uno de los ganadores de LA CAMPAÑA (incluye el traslado desde provincia de ser necesario).
Dicho paquete consiste en “LA EXPERIENCIA ÚNICA EN EL PERÚ”, el cual implica un recorrido turístico por un número determinado de ciudades y/o localidades dentro del territorio peruano, los cuales están por definirse en cada paquete.
IV. ELECCIÓN DEL GANADOR
4.1. LA CAMPAÑA tendrá un total de 04 (cuatro) ganadores, elegidos por el máximo puntaje que hayan obtenido dentro del sitio. El sistema de votación para la elección del ganador estará dispuesto por el mayor puntaje obtenido mensualmente No se podrán realizar comentarios a la información fotográfica y/o audiovisual agregada por los participantes.
4.2. El sistema de votación estará conformado por los siguientes puntajes:
Cuando el usuario suba el contenido al site | |
Foto | 100 puntos |
Video | 100 puntos |
Cuando el usuario suba el contenido | |
150 puntos | |
150 puntos | |
150 puntos | |
Cuando el usuario invita a sus amigos a ser Representante de lo Nuestro | |
Amigos | 50 puntos |
Votaciones | |
Like | 10 puntos |
Juramento | |
Juramento | 200 puntos |
4.3. Los participantes que resulten ganadores, podrán seguir participando de LA CAMPAÑA; sin embargo, no podrán ser ganadores en una siguiente etapa de LA CAMPAÑA, es decir, un participante no podrá ser ganador dos veces en LA CAMPAÑA.
4.4. Los nombres de los participantes con mayor puntaje dentro del ranking en todas las categorías serán publicados en la página web www.representantesdelonuestro.pe o en www.facebook.com/marcaPERU. en las siguientes fechas:
– 31 de octubre de 2013
– 29 de noviembre de 2013
– 15 de diciembre de 2013
– 02 de enero de 2014
4.5. Son requisitos esenciales, para que los ganadores reciban el premio correspondiente, los siguientes:
a.- Confirmar la veracidad de los datos personales consignados al registrarse, conforme a las instrucciones del numeral 2.2, de la parte II de las presentes Bases, mediante la presentación de los documentos que lo acrediten.
b.- Firmar el documento de conformidad de recepción al momento de la entrega del premio. En caso de un menor de edad, el documento deberá ser necesariamente suscrito por sus padres o, en su defecto, por la(s) persona(s) que legalmente se encuentren bajo su cargo.
V. QUIENES PUEDEN PARTICIPAR
5.1. Las personas naturales, peruanas o extranjeras, residentes en el Perú.
5.2. Quedan prohibidas de participar en LA CAMPAÑA:
a) Las personas naturales que tengan algún vínculo laboral, contractual, práctica o SECIGRA con los funcionarios y/o servidores de PROMPERÚ, ni sus familiares directos en primera línea de consanguinidad y hasta el cuarto grado de afinidad.
b) Las personas naturales que tengan algún vínculo laboral, contractual, práctica o SECIGRA con los ejecutivos y/o personal de las empresas que tengan la calidad de Orgullosas Embajadoras de la Marca Perú (cuando se trate del premio otorgado por dicha empresa), McCann Erickson, y/o de alguna empresa proveedora relacionada con LA CAMPAÑA, ni sus familiares directos en primera línea de consanguinidad y hasta el cuarto grado de afinidad.
VI. LUGAR Y DURACIÓN DE LA PROMOCIÓN
LA CAMPAÑA tendrá validez en el territorio del Perú, a nivel nacional, desde el 20 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2013.
VII. DISTRIBUCIÓN DE LOS PREMIOS
7.1. Los ganadores del Premio de LA CAMPAÑA descrito en la parte III del presente documento serán contactados a través del Área de Gestión de Marca de la Dirección de Promoción de Imagen País de PROMPERÚ al teléfono de contacto y al correo electrónico consignado en sus datos personales al momento de registrarse, conforme a las instrucciones del numeral 2.2., de la parte II de las presentes Bases. PROMPERÚ no correrá con los gastos generados para el recojo del premio concedido (traslados, alimentación, entre otros conceptos).
7.2. En el caso que los ganadores sean menores de edad, estos deberán estar debidamente representados por sus padres o la(s) persona(s) que legalmente se encuentren bajo su cargo, cumpliendo con suscribir el documento indicado en el acápite b) de la parte IV de las presentes Bases
7.3. Los ganadores para efectos de recibir el Premio, deberán presentarse en el lugar, día y hora hábiles, que le sea oportunamente informado por PROMPERÚ, cumpliendo con los requisitos señalados en el numeral 4.5., b de la parte IV de las presentes Bases.
7.4. En caso de no presentarse el ganador en el lugar, hora y día acordados, PROMPERÚ podrá darle una segunda oportunidad, fijando un lugar, día y hora nuevos, para la entrega del Premio.
7.5. En caso que, por segunda vez el ganador reitere su inasistencia a recibir el Premio o asistiendo, incumpla con satisfacer los requisitos señalados en el numeral 4.5. de la parte IV de las presentes Bases, se considerará que ha renunciado tácitamente a su derecho de recibir el Premio.
VIII. PUBLICIDAD
8.1. Los participantes aceptan que sus identidades sean publicadas, en el caso que obtengan los mayores puntajes conforme a lo señalado en la parte IV del presente documento.
8.2. Una vez conocidos los resultados de las personas ganadoras, PROMPERÚ estará facultada para comunicar la identidad de los ganadores.
8.3. El solo hecho que una persona sea ganadora de un Premio de LA CAMPAÑA, habilitará a PROMPERÚ para divulgar su imagen y a emplear la fotografía y/o audiovisual presentado con los alcances descritos en los numerales 8.4. y 8.5. de las presentes Bases.
8.4. Los ganadores del Premio de LA CAMPAÑA, conforme a los términos y condiciones descritos en las presentes Bases, autorizan de manera plena, expresa e incondicional a PROMPERÚ y/o a quienes actúen en su nombre y/o por las empresas que tienen a las Marcas Orgullosas Embajadoras, para comunicar la identidad de los ganadores y difundir sus imágenes, conforme al artículo 15° del Código Civil.
8.5. Asimismo, de manera exclusiva, intransferible, perpetua, a título gratuito, a nivel nacional e internacional, los ganadores ceden a favor de PROMPERÚ los derechos patrimoniales respecto de la fotografía y/o audiovisual presentado, con arreglo al artículo 31° del Decreto Legislativo N° 822, Ley sobre el Derecho de Autor; en consecuencia, quedará facultada PROMPERÚ para su utilización y/o divulgación y/o explotación de la misma, de tales grabaciones, filmaciones y/o fotografías en cualquier medio de comunicación social (televisión, cable, radio, vía pública, prensa) y por cualquier medio digital, incluyendo Internet, con el objeto de fomentar la credibilidad de la misma, y publicitarla durante el tiempo que PROMPERÚ estime conveniente. Cabe indicar que PROMPERÚ podrá decidir que LA CAMPAÑA sea difundida también por las empresas que tienen a las Marcas Orgullosas Embajadoras.
8.6. Los ganadores autorizan a la utilización y/o divulgación y/o explotación de su imagen, así como de su fotografía y/o audiovisual presentados, por cualquier medio de comunicación por parte de las empresas que tienen a las Marcas Orgullosas Embajadoras, con el objeto de fomentar la credibilidad y publicitar LA CAMPAÑA.
8.7. En consideración a la autorización de imagen y cesión de derechos patrimoniales antes descritos, así como a que el Premio de LA CAMPAÑA es el único y exclusivo reconocimiento a favor del ganador, éste no podrá reclamar exclusividad ni pretender obtener compensación y/o retribución económica de ninguna índole por la utilización y/o divulgación y/o explotación de su imagen ni de su fotografía y/o audiovisual presentado, por cualquier medio de comunicación, conforme a lo señalado en el párrafo anterior.
IX. DISPOSICIONES GENERALES
9.1. PROMPERÚ no se hace responsable por los daños ni perjuicios, sean directos, indirectos, culposos, dolosos y/o de cualquier naturaleza que los ganadores o cualquier tercero pudieran ocasionar, sea antes, durante o después de la vigencia de LA CAMPAÑA, por la divulgación de las fotografías y/o audiovisuales presentados o con ocasión de la entrega y/o disfrute del Premio de LA CAMPAÑA. Una vez que se entregue el premio, toda la responsabilidad por su disfrute recae entera y exclusivamente sobre los ganadores.
9.2. Se entenderá que todas las personas que, directa o indirectamente, forman parte, como concursante o en cualquier otra forma de participación relacionada con LA CAMPAÑA, han conocido y aceptado, incondicional e íntegramente, los términos y condiciones de las presentes Bases; careciendo del derecho a deducir reclamo, queja y/o denuncia y/o acción de cualquier naturaleza en contra de PROMPERÚ y/o de quienes actúen en su nombre o de solicitar cambio alguno de éstos o del Premios de LA CAMPAÑA.
9.3. Se deja expresa constancia que PROMPERÚ se reserva el derecho de verificar que la persona que sea ganadora del Premio cumpla los requisitos y términos y condiciones de las presentes Bases.
9.4. PROMPERÚ se reserva el derecho a iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar cualquier irregularidad durante o con posterioridad a LA CAMPAÑA que sea responsabilidad del participante de la misma.
9.5. PROMPERÚ se reserva el derecho a modificar las presentes bases en caso de ser necesario de acuerdo a las determinadas circunstancias del caso.
9.6. PROMPERÚ no será responsable, en modo alguno, de cualquier interrupción, corte y/o deficiencia y/o fallas de transmisión y/o técnicas que pudiere impedir o dificultar a los participantes en el acceso y/o navegación por Internet o que no se reciban las fotografías y/o audiovisuales, incluyendo deficiencia en los servidores, en los equipos informáticos empleados por los participantes así como cualquier otra situación similar.
9.7. Estará prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en LA CAMPAÑA que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada precedentemente en las presentes Bases. La utilización de técnicas de participación en LA CAMPAÑA de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de la participación de que se trate.
9.8. En caso de controversia relacionada con la identidad de un participante, el titular de la dirección de correo electrónico utilizada durante el proceso de participación en LA CAMPAÑA, será considerado como el usuario concursante.