Lima.- La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) recordó hoy que los trabajadores independientes deberán elegir a partir de mañana (jueves) entre el Sistema Privado de Pensiones (SPP) y el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) para afiliarse y aportar para su jubilación.
Si elige el SPP deberá afiliarse a la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) Hábitat, ganadora de la licitación de diciembre del 2012 con la menor comisión mixta.
El trabajador independiente estará obligado a aportar si percibe rentas de Cuarta Categoría o rentas de Cuarta – Quinta Categoría, con ingresos mensuales a partir de 750 nuevos soles, que equivalen a la Remuneración Mínima Vital (RMV).
Aportará de manera obligatoria si nació a partir del primero de agosto de 1973.
La tasa de aporte al fondo de pensiones se realizará según el siguiente criterio: Aporte de cinco por ciento del ingreso mensual, para los que perciban entre 750 y 1,125 soles; aporte de diez por ciento del ingreso mensual, para los que perciban ingresos superiores a 1,125 soles.
Adicionalmente, pagará la prima de seguros y la comisión por administración del fondo de pensiones.
La afiliación a un sistema pensionario deberá realizarse antes de recibir su primer ingreso como trabajador independiente, a partir del primero de agosto del 2013.
Si se afilió al SPP antes del primero de agosto del presente año, deberá aportar obligatoriamente a la AFP en la que ya se encuentra inscrito.
Cualquier consulta adicional pueden llamar a la línea de atención gratuita 0800-10840.