Jueves, 26 de Diciembre del 2024
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Empresas tiene hasta el 15 de julio para dar gratificaciones

Publicado el 12/07/12

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) advirtitió que las gratificaciones por Fiestas Patrias hasta el domingo 15 pueden ser sancionadas con multas de hasta diez Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 36,500 nuevos soles.

“La remuneración computable para las gratificaciones de Fiestas Patrias es la vigente al 30 de junio”, recordó el abogado laboralista del MTPE, Jorge Guevara.

Los trabajadores que tienen derecho a percibir gratificaciones son los sujetos al régimen laboral de la actividad privada con contratos a plazo indeterminado, sujetos a modalidad o de tiempo parcial.

De acuerdo con la Ley N° 29351, el empleador abonará a favor de sus trabajadores el monto que normalmente aporta a Essalud (nueve por ciento), en calidad de bonificación extraordinaria de carácter temporal no remunerativo, ni pensionable.

Las gratificaciones por Fiestas Patrias no se encuentran afectas a aportaciones, contribuciones ni descuentos de ninguna índole, con excepción de aquellos descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador, como el Impuesto a la Renta.



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