Martes, 26 de Noviembre del 2024
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MEM aprobó Procedimiento para garantizar Servicio Eléctrico continuo, confiable y oportuno

Publicado el 23/05/12

De acuerdo a Norma Técnica de Calidad

Con la finalidad de garantizar a los usuarios un suministro eléctrico continuo, adecuado, confiable y oportuno, el Ministerio de Energía y Minas aprobó el “Procedimiento para la Aplicación del Numeral 3.5 de la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos (NTCSE)”.

La aprobación tuvo lugar mediante Resolución Ministerial Nº 237-2012-MEM/DM, que firmó el ministro del Sector, Jorge Merino Tafur, y se publicó en el diario oficial El Peruano.

Al respecto, la Dirección General de Electricidad especificó que dicho procedimiento es de aplicación para casos de eventos ocurridos en las instalaciones del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN).

Para eventos que se originen en un área de concesión de distribución o dentro de instalaciones de uso exclusivo de usuarios libres y/o distribuidores, el Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional (COES) no asignará responsabilidad ni determinará compensaciones a resarcir, salvo que la causa del evento involucre a dos o más agentes, y alguno de ellos solicite la intervención del COES.

Se instalarán equipos registradores de fallas en todas las instalaciones de 500 kV, y en diferentes instalaciones de naturaleza crítica para el análisis de eventos que determine la Dirección Ejecutiva del COES.

Ésta emitirá la decisión de asignación de responsabilidad por transgresiones a la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos y el cálculo preliminar de los resarcimientos, y posteriormente emitirá el Reporte Final conteniendo el cálculo definitivo de los resarcimientos, conforme a lo establecido en el inciso c) del Numeral 3.5 de la indicada norma.

En caso de mala calidad, los agentes informarán los suministros interrumpidos, la potencia, el tiempo y la energía no suministrada.



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