Sábado, 4 de Mayo del 2024
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Juzgado penal absuelve a Magaly Medina en querella presentada por Lucho Cáceres

Publicado el 17/05/12


El día de hoy hemos sido notificados de la sentencia absolutoria dictada por el Juez del 27 Juzgado Penal de Lima en la que se declara inocente a la señora Magaly Medina en la querella presentada por el actor Luis Cáceres.

En la sentencia se expone que la opinión vertida por la señora Medina, en su programa de televisión, respecto a que Luis Cáceres habría roto la cámara de uno de sus fotógrafos no constituye delito de difamación. El Juzgado “descarta de plano la comisión del delito de difamación” pues considera que resulta evidente que las expresiones utilizadas se refieren a la conducta personal y profesional (actor) de Luis Cáceres y no a la comisión de un delito”.

De otro lado, en la sentencia se expone que las expresiones de la señora Medina respecto a Lucho Cáceres “deben encuadrarse dentro de las circunstancias en que fueron dadas y en su totalidad”, además que demuestran su malestar ante el hecho que tomó conocimiento (agresión del querellante a su fotógrafo) en su programa de aniversario.

Así también, en la sentencia, se dispone que los adjetivos utilizados “no deben ser extraídos del contexto y las circunstancias en que fueron expresadas, no evidenciándose la existencia de un animus difamandi o injuriandi” ya que estas expresiones fueron dadas a consecuencia de la agresión que sufrió su fotógrafo.

Finalmente, se expone que “las opiniones que pueda expresar la querellada (señora Medina Vela) como personaje público respecto a otros personajes públicos como el querellante (Luis Cáceres), se debe entender como eso, una opinión, que puede ser tomada en cuenta o no por las demás personas (…)”.

Con esta Sentencia absolutoria se pone un justo límite al afán de algunos de obstruir el trabajo periodístico (de opinión e informativo) de la señora Medina a través de “demandas” que carecen de un mínimo de racionalidad.

Giulliana Loza Avalos.
ATV



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