Martes, 26 de Noviembre del 2024
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Sólo APDAYC autoriza uso de la marca APDAYC

Publicado el 03/11/11

Por medio de la presente ponemos en su conocimiento que la ASOCIACIÒN PERUANA DE AUTORES Y COMPOSITORES- APDAYC, cuenta con la marca mixta “APDAYC” expedida por el Registro de Propiedad Industrial de la Dirección de Signos Distintivos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad industrial – INDECOPI con Partida Registral N°000052516, clase 45 de la certificación Internacional, decimos lo siguiente:

La Asociación Peruana de Autores y Compositores (APDAYC) como titular de la marca “APDAYC” es la única autorizada legalmente para prohibir o autorizar su uso, conforme a lo establecido en los artículos 155° y 156° de la Decisión 486 de la Comunidad Andina de Naciones Art. 154, 155, 238 y el artículo 6° del Decreto Legislativo 1075, de lo contrario se estaría configurando de manera directa una infracción al derecho marcario conforme a lo establecido en el artículo 97 del Decreto Legislativo 1075.

El motivo de la presente carta es para informarles, que sólo podrán hacer uso de la marca, las personas naturales o jurídicas que APDAYC autorice,

En caso que procedan a utilizar nuestro signo distintivo sin la debida autorización, se procederá a iniciar las acciones legales correspondientes por infracción a la propiedad industrial ya que están utilizando una marca de uso exclusivo, por ende pasible de sanción en la vía Civil, Administrativa y Penal.

Por lo tanto solicitamos que tome las medidas del caso al realizar cualquier tipo de evento, y que su comportamiento se de conforme a ley.

Abg. Eusebio Hurtado Viguria
Procurador Legal APDAYC.

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