Según la ordenanza 016-2011-MDB-CDB, publicada en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, la referida infracción también será sancionada con una denuncia penal como medida complementaria.
La norma alcanza también a quienes alimenten a las aves de ornamento y asilvestradas, sin identificación o dueño conocido, en lugares privados cuando sus excrementos puedan perjudicar a las personas en espacios públicos.
También prohíbe la crianza de dichos animales en todas las áreas públicas de Bellavista.
Las personas que actualmente se encuentren criando a palomas y otras aves en espacios públicos tienen un plazo de 15 días para trasladarlas a un lugar apropiado de crianza.
Esta ordenanza municipal se sustenta en un informe técnico desarrollado por especialistas del referido municipio, el cual afirma que el hongo Criptococo, proveniente de las heces de las palomas, puede causar daño cerebral y posible muerte a las personas.
Ese hongo le provocó la muerte de un adulto mayor en el distrito de La Perla en agosto pasado.