Jueves, 16 de Mayo del 2024
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Opine: Distrito de Barranco multará a comerciantes ambulantes que operen sin autorización

Publicado el 12/09/11

La municipalidad de Barranco informó que multará con 180 soles a los comerciantes que no cuenten con la autorización para desarrollar sus actividades en la vía pública, y que se les retendrá sus productos como medida complementaria.

Las zonas restringidas para el comercio en este distrito son los alrededores de las iglesias, colegios, teatros, hospitales, entidades públicas o embajadas, las áreas verdes y las zonas cercanas a los paraderos de transporte público.

Según una ordenanza municipal de ese distrito, los vendedores tampoco podrán instalar sus módulos de venta en los alrededores de las zonas residenciales, salvo que cuenten con la aprobación de los vecinos mediante un documento que sea entregado al concejo.

De igual manera, el concejo de Barranco prohibe el comercio en las avenidas Bolognesi, Pedro de Osma (cuadra 1 a 4), San Martín, El Sol Oeste y en la Prolongación San Martín.

Esta misma medida también se aplicará en las zonas emblemáticas del distrito, como el Parque Municipal, Pasaje Chabuca Granda, la Ermita, el Mirador y la Rotonda.

Igualmente, en los alrededores de los mercados, en el ex óvalo Balta, en la Bajada de Baños, en la alameda Sáenz Peña, en los jirones Domeyer, Zepita, Merino, San Roque, Cajamarca, San Antonio, Sucre (cuadra 3 y 4), Castilla, Unión, en el malecón Paul Harris y en el pasaje Funicular.

Entre tanto, aquellos comerciantes que están autorizados y abandonen sus módulos de venta por más de 10 días seguidos serán retirados del lugar y multados con 180 soles (5 por ciento de una UIT).

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