Viernes, 22 de Noviembre del 2024
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Venta de bebidas alcohólicas ilegales penalizada a no menos de tres años de prisión

Publicado el 02/12/10

El pleno del Congreso aprobó hoy una ley por la cual se dispone la erradicación de las actividades de elaboración y comercialización de bebidas alcohólicas informales, adulteradas o no aptas para el consumo humano.

Esta norma fija una pena privativa de la libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años para quienes produzcan o comercialicen bebidas alcohólicas ilegales.

Para el efecto, la disposición legal incorpora el artículo 288-C al Código Penal vigente.

A través del artículo 2° de la norma se establece que las disposiciones contenidas en la misma son de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales y jurídicas del país.

La norma precisa las competencias de los portafolios de Producción y Salud en los mecanismos de control y fiscalización sobre aquellas actividades que tienen como insumo el alcohol etílico.

De igual manera, se precisan las competencias que tienen los gobiernos locales en este tema; así como la labor que le corresponde a la Policía Nacional.

Al respecto, la presidenta de la Comisión de Producción del Parlamento, Dacia Escalante León, quien se encargó de sustentar el dictamen correspondiente, dijo que la ley aprobada garantiza también la intervención de la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa) en la supervisión de las condiciones sanitarias adecuadas para la elaboración de bebidas alcohólicas.



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