Martes, 7 de Mayo del 2024
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Programa minero de solidaridad priorizará obras de electrificación

Publicado el 19/06/10

El Gobierno modificó una cláusula en el formato de convenio del “Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo”, para que se prioricen los proyectos de infraestructura eléctrica, dentro y fuera de las zonas donde se realicen actividades mineras, y que se utilicen los fondos remanentes de ejercicios económicos vencidos, en la ejecución de proyectos de electrificación.

Para alcanzar tales objetivos, las Comisiones Técnicas de Coordinación de dicho programa firmarán los correspondientes convenios de cooperación con el Ministerio de Energía y Minas (MEM).

Mediante Decreto Supremo Nº 034-2010-EM, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se aprobaron modificaciones en los términos contenidos en la cláusula cuarta del formato del convenio para el aporte económico, voluntario, extraordinario y temporal, denominado “Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo”, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 071-2006-EM, modificado por Decreto Supremo Nº 033-2007-EM.

Las empresas mineras que hayan suscrito convenios con el Estado bajo el formato anterior, podrán adecuar dichos convenios, de acuerdo al Anexo 2 que forma parte de la citada norma.

En el caso de los proyectos de infraestructura básica de energía eléctrica, los recursos del Fondo podrán ser utilizados en las zonas donde se realiza la actividad minera, así como en las circunscripciones de los distritos, provincias y departamentos donde la empresa minera realiza sus actividades, respetando dicho orden de prelación y de acuerdo a las prioridades que decida la Comisión Técnica de la empresa correspondiente.

En caso se haya cubierto de infraestructura básica en energía eléctrica al departamento donde la empresa realiza sus actividades mineras, se podrán destinar recursos del Fondo a otras localidades.

El mismo criterio se aplicará con el remanente de los recursos del Fondo de los ejercicios económicos vencidos, que serán destinados a obras de infraestructura básica en energía eléctrica, debiendo la empresa suscribir convenios con el Ministerio de Energía y Minas para el financiamiento de cada proyecto, respecto de los cuales el MEM se constituirá en la entidad formuladora y ejecutora.

Estos proyectos deberán contar con la declamatoria de viabilidad, conforme a las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública.



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