La Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema programó para el 26 de mayo las audiencias públicas en las que se revisarán los recursos de nulidad interpuestos por la defensa del ex presidente Alberto Fujimori y las demás partes procesales en los casos conocidos como “CTS a Montesinos” y “Medios de comunicación, congresistas tránsfugas e interceptación telefónica”.
En ambos juicios orales el acusado se acogió a la figura de la conclusión anticipada y se le condenó a siete años y seis meses, y seis años de pena privativa de libertad, respectivamente.
Además fue inhabilitado para ejercer cargo público por dos años y diez meses en el primer caso y dos años en el segundo.
La Primera Sala Penal Transitoria es presidida por el juez supremo Duberlí Rodríguez Tineo y está integrada por los doctores Julio Biaggi Gómez, Elvia Barrios Alvarado, Roberto Barandiarán Dempwolf y José Neyra Flores.
Alberto Fujimori Fujimori fue hallado culpable en primera instancia de los delitos de peculado doloso por apropiación y falsedad ideológica en agravio del Estado (caso pago de CTS a Montesinos) y peculado doloso, cohecho activo genérico y violación del secreto de las comunicación –interferencia o escucha telefónica – en agravio de 28 personas.
Las vistas de causa se iniciarán a las 09:00 horas en la oficina 328 del Palacio Nacional de Justicia, con el recurso de nulidad por el caso CTS y a las 11:00 horas se continuará con el de “medios de comunicación, congresistas tránsfugas e interceptación telefónica”, informó la Oficina de Prensa del Poder Judicial.
La defensa del sentenciado Fujimori ha impugnado ambas condenas; la Procuraduría Pública, la reparación civil impuesta en el caso CTS a Montesinos; la Fiscalía, la pena dictada en el caso “medios de comunicación, congresistas tránsfugas e interceptación telefónica”; y los agraviados Alberto Borea y Javier Diez Canseco, la reparación civil que debe abonárseles.
En tanto, el fiscal supremo Pablo Sánchez Velarde opina en sus dictámenes por confirmar en todos sus extremos la condena en el caso CTS y reformar la de “medios de comunicación, congresistas tránsfugas e interceptación telefónica”, imponiendo a Fujimori una pena privativa de libertad de siete años y una inhabilitación de dos años y siete meses para ejercer cargo público.