La norma también modifica los formatos de Certificación Técnica Vehicular Complementaria, en los términos consignados en el anexo 3 de esta Resolución Directoral, la cual se publicará en el portal web institucional.
Establecen límites de capacidad de inspecciones técnicas
La Resolución Directoral publicada hoy establece también límites en la capacidad de atención por hora y tipo de línea en las inspecciones técnicas vehiculares.
Para la inspección de vehículos livianos el límite máximo es 12 unidades por hora; para vehículos pesados es 6 unidades por hora; y para vehículos menores es 12 unidades por hora.
En caso de inspección vehicular de tipo mixta se establece un máximo de 12 vehículos por hora o 6 unidades pesadas por hora.
Si se realiza una inspección conjunta se deberá efectuar los límites máximos señalados, teniendo en cuenta que la inspección de un vehículo pesado equivale a la inspección de dos vehículos livianos.
Estas disposiciones –según uno de los considerados de la norma- se dan a fin de garantizar que la inspección técnica vehicular se realice en cumplimiento de todas las etapas del proceso, verificándose el estado de conservación, mantenimiento y funcionamiento de cada componente y equipo del vehículo para mejorar la calidad en la prestación del servicio de inspecciones.